ORDEN FORAL 179/2020, de 19 de octubre, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente por la que se aprueban la adscripción y funciones de los Negociados del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

BOLETÍN Nº 265 - 12 de noviembre de 2020 1. Comunidad Foral de Navarra 1.1. Disposiciones Generales 1.1.3. Órdenes Forales ORDEN FORAL 179/2020, de 19 de octubre, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente por la que se aprueban la adscripción y funciones de los Negociados del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente. PREÁMBULO

Mediante Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 22/2019, de 6 de agosto, se estableció la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el ámbito competencial correspondiente a cada Departamento.

El Decreto Foral 96/2019, de 14 de agosto, determina la estructura básica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, sin perjuicio de su ulterior desarrollo.

El Decreto Foral 258/2019, de 23 de octubre, establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

La Orden Foral 456/2016, de 22 de diciembre, de la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, establece la adscripción y funciones de los Negociados del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.

La mencionada Orden Foral ha sido modificada por Orden Foral 124/2018, de 23 de abril, de la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por Orden Foral 46/2019, de 6 de marzo, de la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local y por Orden Foral 79/2019, de 8 de abril, de la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, con el fin de adaptar los Negociados a las necesidades organizativas existentes en cada momento.

Tras la aprobación del Decreto Foral 258/2019, de 23 de octubre, se hace preciso adecuar el actual esquema de Negociados a la nueva estructura, en unos casos adscribiendo unos a los nuevos Servicios y Secciones creadas y, en otros, manteniendo la adscripción vigente. Todo ello integrado en un nuevo texto normativo que facilite la actuación de las distintas unidades administrativas y otorgue claridad y seguridad jurídica a las personas administradas y a la ciudadanía.

En su virtud, y en aplicación del artículo 34.4 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, ordeno:

CAPÍTULO I Artículos 1 a 5

Estructura general

Artículo 1 Dirección General de Desarrollo Rural.

En la Dirección General de Desarrollo Rural se establecen los siguientes Negociados:

  1. Adscritos a la Sección de Coordinación: El Negociado de Ejecución de Pagos del FEAGA y del FEADER y el Negociado de Contabilidad del FEAGA y del FEADER.

  2. Adscritos a la Sección de Inspecciones: El Negociado de Inspecciones incluidas en el SIGC, el Negociado de inspecciones FEAGA no incluidas en el SIGC y Condicionalidad y el Negociado de Sistemas de Información Agrarios.

  3. Adscrito a la Sección de Fomento de Explotaciones Agrarias y Asociacionismo Agrario: El Negociado de Ayudas a la Inversión en Explotaciones Agrarias.

  4. Adscritos a la Sección de Calidad y Promoción Agroalimentaria: El Negociado de Control de la Calidad de Productos Agroalimentarios y el Negociado de Promoción de Productos Agroalimentarios de Calidad.

  5. Adscritos a la Sección de Viticultura y Enología: El Negociado de Viticultura y el Negociado de Enología.

  6. Adscrito a la Sección de Diversificación Rural: el Negociado de Ayudas FEADER a la Diversificación Rural.

Artículo 2 Dirección General de Agricultura y Ganadería.

En la Dirección General de Agricultura y Ganadería se establecen los siguientes Negociados:

  1. Adscrito al Servicio de Agricultura: El Negociado de Fomento de la Agricultura Ecológica y de Acciones Transversales en el Sector Agrario.

  2. Adscritos a la Sección de Producción y Sanidad Vegetal: El Negociado de Certificación de Material de Reproducción y Sanidad Vegetal, el Negociado de Medios de Producción Agrícola y Sostenibilidad y el Negociado de Suelos y Climatología.

  3. Adscritos a la Sección de Regulación de Mercados: El Negociado de Ayudas Específicas y de Regulación de Mercados y el Negociado de Medidas de Apoyo al Sector Vitivinícola.

  4. Adscritos a la Sección de Ayudas a las Rentas: El Negociado de Ayudas Directas por Superficie, el Negociado de Ayudas Agroambientales y Mejora del Entorno Rural y el Negociado de Ayudas a la Ganadería.

  5. Adscrito a la Sección de Producción Animal: El Negociado de Desarrollo Ganadero.

  6. Adscrito a la Sección de Sanidad Animal: El Negociado de Epizootiología.

  7. Adscrito a la Sección de Bienestar Animal: El Negociado de Animales de Compañía.

  8. Adscrito a la Sección de Seguridad Alimentaria y Oficinas Pecuarias: El Negociado de Seguridad Alimentaria.

  9. Adscritos a la Sección de Laboratorio Agroalimentario: el Negociado de Laboratorio de Biología Vegetal y el Negociado de Laboratorio Enológico.

  10. Adscritos al Servicio de Infraestructuras Agrarias: El Negociado de Control Ambiental.

  11. Adscritos a la Sección de Regadíos y Concentración Parcelaria: El Negociado de Obras, el Negociado de Concentración Parcelaria y el Negociado de Ayudas a Infraestructuras Agrarias.

Artículo 3 Dirección General de Medio Ambiente.

En la Dirección General de Medio Ambiente se establecen los siguientes negociados:

  1. Adscrito al Servicio de Economía Circular y Cambio Climático: El Negociado de Asistencia Administrativa.

  2. Adscritos a la Sección de Prevención de la Contaminación: El Negociado de Autorizaciones y el Negociado de Agendas Locales y Cooperación.

  3. Adscritos a la Sección de Cambio Climático: El Negociado de Gobernanza del Cambio Climático, el Negociado de Cambio Climático, el Negociado de Inundabilidad y Actuaciones en Espacio Fluvial y el Negociado de Proyectos Europeos y Cooperación.

  4. Adscrito a la Sección de Inspección Ambiental: El Negociado de Control y Calidad.

  5. Adscritos a la Sección de Espacios Naturales y Especies Protegidas: El Negociado de Especies y el Negociado de Espacios.

  6. Adscritos a la Sección de Medio Fluvial: El Negociado de Gestión Piscícola.

  7. Adscritos a la Sección de Impacto Ambiental: El Negociado de Seguimiento Ambiental y el Negociado de Evaluación Ambiental.

  8. Adscrito a al Servicio Forestal y Cinegético: El Negociado de Asistencia Administrativa.

  9. Adscritos a la Sección de Gestión Forestal: El Negociado de Restauración Forestal y el Negociado de Prevención de Incendios Forestales.

  10. Adscritos a la Sección de Planificación Forestal y Educación Ambiental: El Negociado de Planes y Programas del Medio Natural, el Negociado de Patrimonio Forestal y el Negociado de Educación e Información Ambiental.

  11. Adscritos al Servicio de Guarderío y Calidad de la Gestión Ambiental: El Negociado de Asistencia y Gestión de Medios, el Negociado de Calidad de la Gestión Ambiental y el Negociado de Asistencia Administrativa.

  12. Adscritos a la Sección de Guarderío de Medio Ambiente: Las Unidades de Coordinación de Bidasoa, Aezkoa-Quinto Real, Roncal-Salazar, Pamplona-Iruña, Central, Estella 1, Estella 2, Sakana-Mendialdea, Aoiz, Tafalla-Sangüesa y Tudela.

Artículo 4 Secretaría General Técnica.

En la Secretaría General Técnica se establecen los siguientes Negociados:

  1. Adscrito a la Sección de Régimen Jurídico de Medio Ambiente: El Negociado de Gestión Administrativa.

  2. Adscritos a la Sección de Gestión Presupuestaria: El Negociado de Asuntos Económicos y el Negociado de Control Presupuestario.

  3. Adscritos a la Sección de Gestión de la Información: El Negociado de Tecnología de la Información, el Negociado de Gestión Informática de Ayudas del FEAGA y del FEADER, el Negociado de Asistencia Microinformática y el Negociado de Apoyo a la Seguridad de la Información.

  4. Adscritos a la Sección de Personal y Atención a la Ciudadanía: El Negociado de Personal y el Negociado de Atención a la Ciudadanía.

  5. Adscrito a la Sección de Gestión de Medios y Asistencia Técnica: El Negociado de Servicios Generales.

Artículo 5 Supresión de Negociados.

Se suprime el Negociado de Planificación y Control de Actuaciones en Regadíos adscrito al Servicio de Infraestructuras Agrarias, el Negociado de Evaluación de Programas Comunitarios adscrito a la Sección de Planificación de la PAC, el Negociado de Redes de Control: Recursos Atmosféricos e Hídricos adscrito a la Sección de Cambio Climático, el Negociado de Ecosistemas Mediterráneos adscrito a la Sección de Caza, el Negociado de Recursos Cinegéticos adscrito a la Sección de Caza, el Negociado de Planificación y Desarrollo adscrito a la Sección de Guarderío de Medio Ambiente y el Negociado de Disciplina y Control Jurídico Medioambiental adscrito a la Sección de Régimen Jurídico de Medio Ambiente.

CAPÍTULO II Artículos 6 a 68

Funciones de los negociados

SECCIÓN 1ª Artículos 6 a 16

Dirección General de Desarrollo Rural

Artículo 6 Negociado de Contabilidad del FEAGA y del FEADER.

Ejercerá las siguientes funciones:

  1. La contabilidad de pagos y de “gastos negativos”, en el ámbito exclusivo de la normativa comunitaria.

  2. Las remisiones periódicas al Organismo de Coordinación Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), de la programación financiera de gastos, la solicitud de prefinanciación nacional y el estado de Tesorería de la cuentas específicas del FEAGA y FEADER, así como de solitud de prefinanciación nacional.

  3. La remisión al Organismo de Coordinación Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) de la información correspondiente sobre los pagos contabilizados efectuados con cargo al presupuesto del FEAGA y FEADER dentro de los plazos y las desviaciones producidas con respecto a las previsiones, en la forma prevista en las disposiciones comunitarias.

  4. La elaboración de la documentación precisa para la liquidación anual de...

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