ORDEN FORAL 18/2020, de 7 de mayo, de la Consejera de Salud, por la que se crea la Comisión para la Transición en Navarra (COVID-19).

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

BOLETÍN Nº 101 - 15 de mayo de 2020 1. Comunidad Foral de Navarra 1.1. Disposiciones Generales 1.1.3. Órdenes Forales ORDEN FORAL 18/2020, de 7 de mayo, de la Consejera de Salud, por la que se crea la Comisión para la Transición en Navarra (COVID-19). Mediante Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de la crisis sanitaria derivada del COVID-19. Este estado de alarma ha sido prorrogado hasta el 24 de mayo de 2020 y, ya transcurridas casi ocho semanas desde la declaración del estado de alarma, nuestra Comunidad iniciará la transición hacia una nueva normalidad.

Esta transición debe incorporar las precauciones y medidas de prevención necesarias para la minimización de riesgos, de cara a evitar posibles repuntes de enfermedad como la capacidad de respuesta de los servicios sanitarios preservando en todo momento la salud y el bienestar del conjunto de la sociedad.

Con fecha 28 de abril de 2020 el Consejo de Ministros aprobó el Plan para la transición a una nueva normalidad, en el que se establecen los principales parámetros e instrumentos para la adaptación del conjunto de la sociedad a la nueva normalidad. Este Plan prevé un proceso de transición gradual, asimétrico, coordinado con las comunidades autónomas, y adaptable a los cambios de orientación necesarios en función de los datos epidemiológicos y del impacto de las medidas adoptadas.

Por su parte, con fecha 3 de mayo de 2020 se publicó la Orden SND/387/2020, por la que se regula el proceso de cogobernanza con las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla para la transición a una nueva normalidad. Esta Orden regula el procedimiento a seguir para la elaboración, remisión y tramitación por las comunidades autónomas de propuestas de transición de acuerdo a las medidas establecidas en la declaración del estado de alarma.

El artículo 19.3 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, dispone que los órganos colegiados que no tengan atribuidas competencias decisorias, de propuesta, de emisión de informes preceptivos que sirvan de base a decisiones administrativas, y de seguimiento o control de las actividades de otros órganos, tendrán la el carácter de grupos o comisiones de trabajo, y su creación, modificación y supresión se hará por Acuerdo de Gobierno de Navarra o por Orden Foral de la persona titular del Departamento competente en...

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