ORDEN FORAL 20/2016, de 13 de mayo, de la Consejera de Relaciones Ciudadanas e Institucionales, por la que se aprueba una convocatoria de subvenciones del Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua a Entidades Locales de Navarra, para desarrollar en 2016 proyectos dirigidos a fomentar y promover la igualdad entre mujeres y hombres y para el desarrollo de prácticas innovadoras y transferibles del programa “Pactos Locales por la Conciliación”.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

El Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua tiene como finalidad la consecución de la igualdad de género, promoviendo las condiciones que la faciliten y contribuyendo a la eliminación de todas las formas de desigualdad y discriminación de género en Navarra. Para ello, según sus estatutos, aprobados por medio del Decreto Foral 240/2015, de 30 de septiembre, le corresponde como una de sus competencias, la coordinación y gestión de las políticas de igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, siendo uno de sus fines el prestar apoyo a las Administraciones Públicas de Navarra para trabajar por la igualdad entre mujeres y hombres.

El I Plan de Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres de la Comunidad Foral de Navarra 2006-2010, cuyos objetivos y finalidades persisten hasta la aprobación de un nuevo Plan en la materia, señala que “el ámbito local es el más cercano a la vida de ciudadanas y ciudadanos y al tejido económico y social” por lo que se presenta “como uno de los ámbitos más adecuados para la integración de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres”. Por ello el Plan establece un apartado referido a las Políticas de Igualdad en la Administración Local en su Área Transversal 1. Dentro de dicho apartado se declara la necesidad de “impulsar el compromiso de las Entidades Locales de Navarra con la igualdad de oportunidades para mujeres y hombres” y considerar el “desarrollo local como una prioridad a la que deberán responder todas las acciones del Plan”.

Asimismo, en el Área Específica 7, “Conciliación de la vida familiar, personal, profesional y corresponsabilidad”, se contempla como Acción 7.3.6 la necesidad de “apoyar e impulsar el compromiso municipal para el desarrollo de medidas consensuadas con los agentes sociales relevantes a favor de la conciliación.”

El Gobierno de Navarra, a través del Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua, considera que es una prioridad para la consecución del principio de igualdad entre mujeres y hombres, impulsar políticas de igualdad de género junto con la Administración Local. Para ello, es preciso trabajar de forma estructurada, coordinada y sistemática, dando respuesta a las necesidades y especificidades de las distintas realidades territoriales.

Para atender a esas necesidades y especificidades de las distintas realidades de las Entidades Locales, el Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua plantea esta convocatoria de subvenciones a las Entidades Locales de forma individual o a agrupaciones de Entidades Locales que celebren acuerdos a efectos de esta Orden Foral.

El objeto de esta convocatoria es subvencionar a Entidades Locales de Navarra, que lleven a cabo proyectos dirigidos a fomentar y promover la igualdad entre mujeres y hombres en 2016. La Orden Foral prevé diferentes modalidades de subvención, estableciendo requisitos y cuantías diferentes para las entidades locales que cuentan con Agente de Igualdad para la realización de proyectos que fomenten y promuevan la igualdad entre mujeres y hombres y las entidades locales que no cuenten con esta figura profesional pero desarrollen proyectos de fomento y promoción de la igualdad entre mujeres y hombres. Igualmente es objeto de la convocatoria el desarrollo por parte de las Entidades Locales de prácticas innovadoras y transferibles del programa “Pactos Locales por la Conciliación” desarrolladas a través del Proyecto In-Pactos, para aplicar en los distintos territorios que cuenten con un Pacto Local.

En consecuencia, en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, y por el Decreto Foral 129/2015, de 28 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Relaciones Ciudadanas e Institucionales.

ORDENO:

  1. Aprobar la convocatoria de subvenciones del Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua a Entidades Locales de Navarra, para desarrollar en 2016 proyectos dirigidos a fomentar y promover la igualdad entre mujeres y hombres y para el desarrollo de prácticas innovadoras y transferibles del programa “Pactos Locales por la Conciliación”.

  2. Aprobar las Bases por las que se regirá dicha convocatoria, que se recogen en el Anexo de esta Orden Foral.

  3. Autorizar un gasto por un importe total de 281.421,23 euros con la siguiente distribución, que tiene carácter estimativo:

    –231.421,23 euros, que se abonarán con cargo a la Partida B40001 B4100 4609 232200 “Transferencias a Entidades Locales para el impulso de políticas de igualdad” del Presupuesto de gastos del año 2016.

    –50.000 euros con cargo a la Partida B40001 B4100 4609 232202 “Transferencias a Entidades Locales para el desarrollo de Pactos Locales por la conciliación” del Presupuesto de gastos del año 2016.

    Excepcionalmente podrá ampliarse el importe destinado a la presente convocatoria en atención al número de solicitudes presentadas, mediante Orden Foral de la Consejera de Relaciones Ciudadanas e Institucionales, sin que sea preciso realizar una nueva convocatoria.

  4. Trasladar esta Orden Foral al Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua y a la Sección de Gestión Administrativa, Económica y Cooperación de la Secretaría General Técnica del Departamento de Relaciones Ciudadanas e Institucionales, así como a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, a los efectos oportunos.

  5. Ordenar la publicación de esta Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.

    Pamplona, 13 de mayo de 2016.–La Consejera de Relaciones Ciudadanas e Institucionales, Ana Ollo Hualde.

    ANEXO

    Bases reguladoras

    Base 1.ª Objeto y finalidad.

    La presente convocatoria tiene por objeto establecer el régimen de concesión de subvenciones, por el Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua, a Entidades Locales de Navarra, para la realización de proyectos dirigidos a fomentar y promover la igualdad entre mujeres y hombres que se realicen en el año 2016.

    Igualmente es objeto de la convocatoria establecer el régimen de concesión de subvenciones por parte del Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua a Entidades Locales de Navarra que en el año 2016 desarrollen proyectos de prácticas innovadoras y transferibles del programa “Pactos Locales por la Conciliación”, desarrolladas a través del Proyecto In-Pactos.

    Base 2.ª Entidades beneficiarias y modalidades de subvención.

    2.1. Podrán acogerse a la presente convocatoria las Entidades Locales de Navarra, a las que se les reconoce esta condición en la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra y que cumplan los requisitos establecidos en las presentes bases.

    2.2. Se establecen las siguientes modalidades de subvención:

    1. Modalidad 1: Proyectos desarrollados por Entidades Locales de Navarra que tengan contratada o en plantilla Agente de Igualdad y no reciban subvención por dicha contratación por parte del Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua.

    2. Modalidad 2: Proyectos desarrollados por Entidades Locales de Navarra que tengan contratada o en plantilla Agente de Igualdad y reciban subvención por dicha contratación por parte del Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua.

    3. Modalidad 3: Proyectos desarrollados por Entidades Locales de Navarra que no tengan contratada o en plantilla Agente de Igualdad.

    4. Modalidad 4: Proyectos desarrollados por Entidades Locales de Navarra que tengan en la actualidad un Pacto Local por la Conciliación.

      Base 3.ª Requisitos.

      3.1. Las Entidades Locales de Navarra deberán cumplir los siguientes requisitos en el momento de presentar la solicitud y mantenerlos durante todo el periodo en el que se desarrolle la actividad subvencionada y hasta la justificación de la misma:

    5. Modalidades 1 y 2:

      1. Tener contratada o en plantilla Agente de Igualdad, de nivel B y a jornada completa.

        Cuando la Entidad Local tenga contratada o contratadas personas que realicen la prestación a jornada parcial, los proyectos no serán subvencionables, salvo casos de reducción de jornada de la agente principal por motivos familiares o por ser víctima de violencia de género, que se permitirá que la jornada completa sea cubierta por dos personas.

        Igualmente, las Entidades Locales podrán realizar los acuerdos que correspondan con otras Entidades Locales, a fin de cumplir con el requisito de tener Agente de Igualdad a tiempo completo. En este caso deberán presentar un único proyecto a subvencionar a desarrollar por parte de ambas entidades.

      2. Disponer de partidas o asignación presupuestaria, para el año 2016, en el Área o Concejalía destinadas a financiar acciones y proyectos en materia de igualdad entre mujeres y hombres.

      3. Tener Plan de Igualdad de Oportunidades o Plan Estratégico de Igualdad entre Mujeres y Hombres o Plan de Acción Positiva o un Plan de trabajo anual conforme al Itinerario para la Planificación, Gestión y Evaluación del trabajo de las Áreas de Igualdad municipales.

      4. Autorización del órgano competente de la entidad solicitante para que la Agente de Igualdad participe, en caso de realizarse, en el programa de formación continua en materia de género e igualdad organizado por el Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua en el año 2016.

    6. Modalidad 3:

      1. Disponer de partida o asignación presupuestaria, para el año 2016, en el Área o Concejalía de Igualdad destinada a acciones y proyectos en materia de igualdad entre mujeres y hombres.

      2. No tener contratada o en plantilla en el momento de la solicitud Agente de Igualdad, de nivel B y a jornada completa.

    7. Modalidad 4:

      1. Contar con Pacto Local por la Conciliación.

      Base 4.ª Plazo de ejecución y proyectos subvencionables.

      4.1. Los proyectos objeto de subvención...

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