ORDEN FORAL 21/2017, de 14 de marzo, de la Consejera de Cultura, Deporte y Juventud, por la que se aprueban las bases de la convocatoria de subvenciones a empresas que actualmente presten servicios deportivos y a entidades deportivas sin ánimo de lucro, ambas pertenecientes a la Comunidad Foral de Navarra, para llevar a cabo Programas educativo-deportivos de actividades de iniciación deportiva dirigidos a centros educativos de la Comunidad Foral de Navarra para el año 2017.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

La Ley Foral 15/2001, de 5 de julio, del Deporte de Navarra, en su artículo 14.1 establece que la administración deportiva de la Comunidad Foral en colaboración con la administración educativa, con las entidades locales, con las entidades deportivas de Navarra y, en su caso, con otras entidades públicas o privadas, impulsará la realización de programas de promoción de la actividad deportiva en edad escolar.

Así mismo en el artículo 14.2 de esta misma ley foral, se señala que los Programas de promoción de la actividad deportiva en edad escolar, estarán orientados a complementar la educación escolar integral, el desarrollo armónico de la personalidad, las condiciones físicas y hábitos de salud preventivos. Asimismo, contemplarán y promoverán la integración de la población escolar con necesidades educativas especiales.

Entre las funciones que tiene encomendadas el Instituto Navarro de Deporte y Juventud, a través de la Subdirección de Deporte, figura la de fomentar y promocionar la realización de actividades físicas y deportivas en todas sus manifestaciones en el conjunto de la sociedad navarra, a través de la concesión de ayudas y subvenciones.

En este caso, será la práctica de actividades de iniciación deportiva, dentro de Programas educativos-deportivos, la que se impulse desde el Instituto Navarro de Deporte y Juventud.

La finalidad de estos Programas consisten en potenciar en los chicos y chicas el desarrollo de sus habilidades motrices desde la iniciación deportiva, para facilitar así desde su seguridad personal a la gestión autónoma de sus acciones y de esta forma mejorar su capacidad para la realización de cualquier tarea motriz que se les proponga en la enseñanza de las actividades físico-deportivas, que en el futuro deseen practicar.

Las actividades que se realicen al amparo de este Programa educativo-deportivo deberán enfocarse desde la iniciación deportiva de las diferentes modalidades a desarrollar y sin contemplar la competición.

Por ello se estima necesario aprobar una convocatoria de subvenciones dirigida a empresas que actualmente presten servicios deportivos y a entidades deportivas sin ánimo de lucro, ambas pertenecientes a la Comunidad Foral de Navarra, para llevar a cabo Programas educativo-deportivos de actividades de iniciación deportiva dirigidos a centros educativos de la Comunidad Foral de Navarra.

En consecuencia, en virtud de las facultades que me han sido atribuidas por la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, así como por el Decreto Foral 133/2015, de 28 de agosto, por el que se aprueban los estatutos del Instituto Navarro de Deporte y Juventud.

ORDENO:

  1. Aprobar las bases reguladoras y anexos correspondientes de la convocatoria de subvenciones a empresas que actualmente presten servicios deportivos y a entidades deportivas sin ánimo de lucro, ambas pertenecientes a la Comunidad Foral de Navarra, para llevar a cabo Programas educativo-deportivos de actividades de iniciación deportiva dirigida a centros educativos de la Comunidad Foral de Navarra para el año 2017.

    La concesión de las ayudas se supeditará en todo caso a la existencia de consignación presupuestaria.

  2. Autorizar un gasto de 15.000,00 euros para hacer frente a la presente convocatoria, que se imputarán de la siguiente manera:

    –5.000 euros con cargo a la Partida Presupuestaria A50002-A5110- 4819-336102 denominada “Actividades de iniciación deportiva dirigida a Centros Educativos” de los Presupuestos Generales de Navarra de 2017.

    –10.000 euros con cargo a la Partida Presupuestaria 420000-42000- 4709-322G02 denominada “Actividades de iniciación deportiva dirigida a Centros Educativos” según Resolución 24/2017, de 13 de febrero.

  3. Publicar esta Orden Foral y los Anexos I, II y III en el Boletín Oficial de Navarra.

  4. Contra la presente Orden Foral podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  5. Trasladar la presente Orden Foral a la Subdirección de Deporte, a la Sección de Administración y Gestión y al Negociado de Gestión Económica y Procedimental, a los efectos oportunos.

    Pamplona, 14 de marzo de 2017.–La Consejera de Cultura, Deporte y Juventud, Ana Herrera Isasi.

ANEXO I

Bases reguladoras

  1. Objeto.

    Esta convocatoria tiene por objeto establecer la concesión en régimen de concurrencia competitiva de subvenciones a empresas que actualmente presten servicios deportivos y a entidades deportivas sin ánimo de lucro, ambas pertenecientes a la Comunidad Foral de Navarra, para llevar a cabo actividades de iniciación deportiva dirigidas a Centros educativos públicos, privados y concertados de enseñanzas regladas no universitarias de Navarra.

    Las subvenciones se destinarán a sufragar parcialmente los déficits ocasionados por la organización, control y desarrollo de Programas educativo-deportivos de actividades de iniciación físico-deportiva, ofertados y desarrollados durante el curso académico 2016- 2017, excluyendo las vacaciones de Semana Santa, y que contengan actividades de un día, de acuerdo con el Anexo II de la convocatoria.

  2. Finalidad.

    2.1. La finalidad de estos Programas consisten en potenciar en los chicos y chicas el desarrollo de sus habilidades motrices desde la iniciación deportiva, para facilitar así desde su seguridad personal a la gestión autónoma de sus acciones y de esta forma mejorar su capacidad para la realización de cualquier tarea motriz que se les proponga en la enseñanza de las actividades físico-deportivas, que en el futuro deseen practicar.

    2.2. Las actividades que se realicen al amparo de este Programa educativo-deportivo deberán enfocarse desde la iniciación deportiva de las diferentes modalidades a desarrollar y sin contemplar la competición.

    2.3. A través de esta iniciación se desarrollarán los aspectos técnicos básicos del deporte que se ponga en práctica, adaptando a las edades y necesidades de los escolares, los contenidos, la metodología, el material y todos aquellos elementos que afecten al proceso de enseñanza- aprendizaje, en cuanto a la iniciación deportiva se refiere.

    2.4. Los Programas que se presenten, además de cumplir los fines y objetivos generales, de acuerdo con lo dispuesto en el punto anterior, deberán cumplir las características, en cuanto a tipo de actividades, personal, duración, etc., que se detallan en el Anexo II.

  3. Entidades beneficiarias.

    3.1. Podrán acogerse a las subvenciones objeto de esta convocatoria las entidades deportivas sin ánimo de lucro que estén inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de Navarra, así como empresas que actualmente presten servicios deportivos y estén inscritas en alguno de los Registros oficiales de la Comunidad Foral de Navarra.

    3.2. Quedarán excluidos de la presente convocatoria aquellos Programas educativo-deportivos que sean objeto o se incluyan en otras convocatorias más específicas. Además de aquellos que no contemplen ningún tipo de ingresos en el presupuesto.

  4. Requisitos de las entidades beneficiarias.

    4.1. Para las Empresas prestadoras de servicios deportivos, estar inscritas en cualquiera de los Registros Oficiales de la Comunidad Foral de Navarra.

    4.2. Para las Entidades Deportivas sin ánimo de lucro, estar inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de Navarra.

    4.3. Estar al corriente en el pago en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus Organismos Autónomos.

    4.4. No estar incursas en las prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

    Todos los requisitos señalados deberán cumplirse en la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse todo el periodo de ejecución de la actividad subvencionada.

  5. Gastos subvencionables.

    Serán subvencionables únicamente los gastos que respondan a la naturaleza del Programa educativo-deportivo presentado y, en particular, los siguientes:

    1. Coste de las actividades de iniciación física y/o deportiva.

    2. Gastos de monitores/as.

    3. Alquiler de material.

    4. Seguro de accidente de los participantes (escolares y profesorado).

  6. Presentacion de las solicitudes.

    6.1. Las solicitudes podrán presentarse en el Registro del Instituto Navarro de Deporte y Juventud (Calle Arrieta, 25, 31002 Pamplona), en cualquiera de las Oficinas de Registro del Gobierno de Navarra, en aquellos lugares establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (artículo 16) y en el Registro General Electrónico del Gobierno de Navarra.

    Para tramitar las solicitudes a través de registro electrónico, será necesario disponer de la firma electrónica de la persona o personas que firmen la solicitud y los documentos anexos, así como la firma electrónica de la entidad correspondiente.

    6.2. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

    La solicitud de subvención supone la aceptación de las bases que rigen la presente convocatoria.

  7. Documentación a presentar.

    7.1. Las solicitudes se presentarán mediante instancia general firmada por el Presidente/a de la entidad deportiva sin ánimo de...

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