ORDEN FORAL 228/2015, de 20 de octubre, de la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, por la que se establece un registro auxiliar de la oficina de Registro General en el Servicio de Gestión de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre el Patrimonio.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

La Secretaría General Técnica del Departamento de Hacienda y Política Financiera ha solicitado, al amparo de lo previsto en el artículo 3 del Decreto Foral 137/2002, de 24 de junio, por el que se regula la organización y funcionamiento del Registro General del Gobierno de Navarra, la creación de un registro auxiliar de la oficina de Registro General en la unidad administrativa de organización administrativa, dependiente orgánicamente del Servicio de Gestión de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre el Patrimonio.

La Secretaria General Técnica, por remisión a la petición formulada por la Directora del Servicio de Gestión de los Impuestos sobre la renta de las Personas Físicas y sobre el Patrimonio de fecha 17 de septiembre de de 2015 justifica su petición en las inmediatas modificaciones previstas en la gestión de registr@, así como razones de índole organizativas, debidas al elevado volumen de solicitudes y a la naturaleza de los mismos (declaraciones del impuesto sobre la renta de las personas físicas e impuesto del Patrimonio). En particular, señala que desde el 15 de octubre de 2014 (momento del anterior cambio de estructura de Hacienda Tributaria de Navarra) hasta la fecha de petición, se han registrado un total de 1910 documentos, mayoritariamente para su tramitación por personas de la propia unidad de organización administrativa así como personal de la Sección de Campaña de IRPF y Patrimonio con la que se comparte el mismo espacio físico en la oficina y también integrada en el Servicio de Gestión de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre el Patrimonio.

El edifico se sitúa en la calle Esquíroz, y dispone de dos entradas, una por el número 16, donde se ubica el actual Registro General, y otra por la parte trasera correspondiente al número 20 bis, para el que se solicita el Registro Auxiliar. Si bien el edificio se encuentra física e internamente conectado, funcionalmente se encuentran diferenciados y con accesos independientes, siendo el volumen de asuntos y las razones organizativas diseñadas en torno a ello y la atención a los contribuyentes los que pueden justificar la petición formulada.

Analizadas otras fórmulas, como que formen parte del Registro General ya existente o que los ciudadanos se desplacen a la calle Esquíroz, 20, donde se encuentra ubicado dicho Registro General, han sido descartadas por el volumen de expedientes y las dificultades de gestión e inmediatez ante supuestos de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR