ORDEN FORAL 23/2017, de 4 de julio, de la Consejera de Relaciones Ciudadanas e Institucionales, por la que se aprueba la convocatoria de la subvención “Ayudas a los Centros Navarros en el exterior de España en el año 2017”.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

A lo largo del tiempo, y de forma especial a partir de finales del siglo XIX, los navarros que se vieron obligados a emigrar a distintos países de América, fundaron asociaciones dedicadas a ayudar a los emigrantes más recientes y a promover actividades sociales y culturales con las que mantener las tradiciones y las señas de identidad de Navarra.

Con el paso del tiempo, estas entidades se han convertido en focos de cultura y en plataformas de relación social, que tienen un gran prestigio en el conjunto de su comunidad local, que ofrecen una buena imagen de la Comunidad Foral de Navarra, de su realidad histórica y actual, y que ejercen notablemente como difusoras de los valores y elementos característicos de Navarra.

Por todo ello, el Gobierno de Navarra viene manteniendo en las últimas décadas una relación de especial colaboración con estas entidades representativas de Navarra, tendente a consolidar y potenciar su actividad cultural y social.

Valorando el alto interés social que tiene el mantenimiento de la presencia de Navarra que promueven sus Centros, afianzada a lo largo del tiempo y renovada cada año con nuevos proyectos y acciones culturales, deportivas y sociales, procede aprobar una nueva convocatoria de concesión de ayudas económicas a estas entidades.

En virtud de las facultades conferidas por el Decreto Foral 129/2015, de 28 de agosto, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Relaciones Ciudadanas e Institucionales,

ORDENO:

  1. Aprobar la convocatoria de la subvención “Ayudas a los Centros Navarros en el exterior de España en el año 2017”.

  2. Aprobar las bases reguladoras de la convocatoria, que se recogen en el Anexo de esta Orden Foral.

  3. Para hacer frente a los compromisos de esta convocatoria se autorizan los créditos presupuestarios siguientes, pudiéndose realizar modificaciones en función de las solicitudes recibidas:

    PARTIDA PRESUPUESTARIA EJERCICIO IMPORTE
    B10006-B1200-4900-144100: Ayudas a Centros Navarros en el exterior 2017 30.000,00 euros
    B-10006-B1200-7819-144100: Adquisición y mejora de locales y equipos de Centros Navarros en el exterior 2017 12.000,00 euros
    4.º Remitir la presente convocatoria la Base de Datos del Gobierno de Navarra de Subvenciones
  4. Publicar esta Orden Foral y sus anexos en el Boletín Oficial de Navarra.

  5. Contra la presente convocatoria y sus bases reguladoras cabe interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.

  6. En el caso de Administraciones Públicas, contra esta Orden Foral podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar requerimiento previo en la forma y el plazo establecidos en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

    Pamplona, 4 de julio de 2017.–La Consejera de Relaciones Ciudadanas e Institucionales, Ana Ollo Hualde.

    CONVOCATORIA DE AYUDAS A LOS CENTROS NAVARROS EN EL EXTERIOR DE ESPAÑA 2017

    1. –Objeto.

      Esta convocatoria tiene por objeto establecer el régimen de concesión de las ayudas que el Departamento de Relaciones Ciudadanas e Institucionales del Gobierno de Navarra asigna a los Centros Navarros domiciliados en otros países, en el año 2017, con la finalidad de fomentar la promoción y difusión de la imagen y cultura de Navarra en el exterior de España así como la realización por los mismos de actividades culturales y sociales, destinadas a lograr una mejor relación y una mayor integración sociocultural de sus miembros así como facilitar las inversiones necesarias para llevar a cabo dichas actividades.

    2. –Financiación.

      La cuantía total máxima de la presente convocatoria asciende a 42.000 euros y se financiará con cargo a las siguientes partidas del presupuesto del gastos de 2017:

      –30.000 euros con cargo a la partida B10006 B1200 4900 144100 Ayudas a centros navarros en el exterior destinados a sufragar gastos corrientes.

      –12.000 euros con cargo a la partida B10006 B1200 7819 144100 Adquisición y mejora de locales y equipos en centros navarros en el exterior, destinados a financiar inversiones.

    3. –Beneficiarios.

      3.1. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las colectividades navarras asentadas en otros países que reúnan los siguientes requisitos:

      1. Ser persona jurídica legalmente constituida e inscrita en el Registro Oficial correspondiente.

      2. Estar domiciliada fuera de España.

      3. Tener entre sus fines la realización de las actividades definidas en el objeto de la convocatoria.

      4. Carecer de ánimo de lucro.

      5. No incurrir en alguna de las circunstancias señaladas en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

      6. Contar con financiación procedente de las aportaciones de los socios o de otros fondos propios.

      3.2. Asimismo podrá acogerse a estas ayudas las Federaciones nacionales que aglutinen el mayor número de entidades objeto de la convocatoria.

    4. –Conceptos subvencionables.

      4.1. Las entidades que cumplan los requisitos establecidos en esta convocatoria podrán percibir ayudas en concepto de actividades e inversiones por los gastos realizados entre el 1 de enero y el 3 de diciembre de 2017.

      1. El concepto actividades incluye:

    5. –Actividad social básica: La realizada por las entidades como centro social dando acogida a los socios y facilitando el intercambio social y cultural de los mismos.

    6. –Actividad social complementaria: La destinada a lograr una mejor relación y una mayor integración de sus miembros en el país donde están ubicados, así como la promoción y difusión de la imagen y cultura de Navarra en el exterior a través de exposiciones, muestras de productos típicos, talleres de artesanía, conferencias, seminarios, actos de intercambio de culturas regionales, actividades culturales, artísticas, deportivas y sociales y, en general, todas aquellas actuaciones destinadas a desarrollar el objeto de la convocatoria establecido en la base 1.

      Se consideran subvencionables los gastos corrientes que resulten necesarios para el ejercicio de las citadas actividades (básicas y complementarias) como:

      –Arrendamiento de locales y bienes.

      –El normal funcionamiento de la sede social (electricidad, agua, calefacción y limpieza).

      –Reparaciones, mantenimiento y conservación de locales, mobiliario y equipamiento, incluidos los medios informáticos y audiovisuales.

      –Material de oficina, prensa diaria, revistas y otras publicaciones.

      –Comunicaciones (teléfono, correo y otros...

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