ORDEN FORAL 24/2015, de 3 de marzo, del Consejero de Educación, por la que se modifica la Orden Foral 202/2010, de 2 de diciembre, del Consejero de Educación, por la que se regula la selección, la evaluación y la renovación del nombramiento de los directores y directoras de los centros públicos dependientes del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra y la Orden Foral 57/2013, de 24 de junio, del Consejero de Educación, por la que se regula la selección, la evaluación y la renovación del nombramiento de los directores y directoras de los centros integrados públicos de formación profesional dependientes del Departamento de Educación de la Administración Foral de Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Orden Foral 202/2010, de 2 de diciembre, del Consejero de Educación, por la que se regula la selección, la evaluación y la renovación del nombramiento de los directores y directoras de los centros públicos dependientes del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra, establece en su artículo 2.2 que el Departamento de Educación realizará convocatorias anuales para la selección del director o directora de los centros en los que se produzca vacante a la dirección.

Por su parte, la Orden Foral 57/2013, de 24 de junio, del Consejero de Educación, por la que se regula la selección, la evaluación y la renovación del nombramiento de los directores y directoras de los centros integrados públicos de formación profesional dependientes del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra, establece en su artículo 2.2 que el Departamento de Educación realizará convocatorias periódicas para la selección del director o directora de los centros en los que se produzca vacante a la dirección.

En el caso de la Orden Foral 202/2010, de 2 de diciembre, resulta conveniente establecer un procedimiento que permita mayor agilidad en el proceso de selección de los directores y directoras evitando complejidades innecesarias y que faculte a realizar las convocatorias de selección en función de parámetros periódicos razonables, no necesariamente anuales, y ajustados a los procesos temporales inherentes al sistema educativo.

El carácter periódico de las convocatorias, común ahora a ambas órdenes forales, requiere de la determinación previa del curso en que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR