ORDEN FORAL 24/2020, de 8 de septiembre, del Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, por la que se aprueba el proyecto de intervención global para 4 portales de Barañáin.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

BOLETÍN Nº 218 - 25 de septiembre de 2020 1. Comunidad Foral de Navarra 1.3. Ordenación del Territorio y Urbanismo ORDEN FORAL 24/2020, de 8 de septiembre, del Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, por la que se aprueba el proyecto de intervención global para 4 portales de Barañáin. La sección 4.ª del Capítulo VI del Decreto Foral 61/2013, de 18 de septiembre, por el que se regulan las actuaciones protegibles en materia de vivienda en Navarra, regula los proyectos de intervención global en materia de regeneración de conjuntos residenciales.

Dichos proyectos tienen como propósito proceder a la rehabilitación de varios portales, manzanas o zonas de la ciudad consolidada, de manera coordinada y previamente programada, trascendiendo de este modo el ámbito de un simple portal. Se busca con ello conseguir economías de escala, tanto desde el punto de vista económico (posibilidad de licitación conjunta, menores gastos de gestión), como administrativo (posibilidad de presentar un expediente conjunto, agilidad en la tramitación), a la vez que poder ofrecer soluciones constructivas y arquitectónicas más homogéneas (en su tratamiento, calidades o acabados) a manzanas o zonas que guardan una relación estrecha en el entramado urbano.

Conforme con lo anterior, se ha solicitado la aprobación de un proyecto de intervención global para 194 viviendas, repartidas en 4 portales sitos en Barañáin:

–Avenida de Pamplona 2.

–Puente Miluce 1.

–Plaza de Los Tilos 4 y 6.

Son 4 portales agrupados de dos en dos que dan lugar a dos edificaciones de igual tipología y características, dos torres de 16 alturas, con tres viviendas por planta y portal (en dos de los portales existe una vivienda en entreplanta), agrupadas en torno al núcleo de comunicaciones.

La actuación consiste en la mejora de la envolvente térmica y la mejora de la accesibilidad e instalaciones térmicas.

Obran en el expediente informes del Servicio de Vivienda y el Ayuntamiento de Barañáin, acreditando que revisado el expediente el mismo se estima correcto: se considera cumplido el requisito de participación ciudadana y el requisito de participación del Ayuntamiento de Barañáin, y la solución técnica aportada es susceptible de obtener la calificación provisional como actuación protegible en materia de rehabilitación.

El artículo 83.3 del citado Decreto Foral 61/2013, de 18 de septiembre, dicta que los proyectos deberán ser aprobados mediante orden foral del...

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