ORDEN FORAL 25/2019, de 27 de marzo, del Consejero de Desarrollo Económico, por la que se resuelve la fase de información pública, a efectos de bienes y derechos afectados, y se aprueba definitivamente el proyecto de “Nuevo acceso peatonal y ciclista a la nueva zona urbanizada de la meseta de Cordovilla”.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Mediante Orden Foral 15/2018, de 22 de marzo, del Consejero de Desarrollo Económico, se procedió a la aprobación provisional del proyecto de “Nuevo acceso peatonal y ciclista a la nueva zona urbanizada de la meseta de Cordovilla”.

Finalizado el plazo de información pública, se han recibido las siguientes alegaciones, cuyo contenido y respuesta se expone a continuación:

–Alegación número 1 presentada por don Ignacio Muñoz Vizcaíno en representación de Autopistas de Navarra, S.A.

Expone que debido al tráfico alternativo así como al ocasionado con el tránsito de caminos y maquinaria de la obra, pudieran darse retenciones que ocasionen afecciones en los ramales de enlace con la Ronda Oeste (A-15) y que dependiendo de la intensidad de tráfico existente en el momento de la retención, pueden llegar a alcanzar el tronco de la A-15 dada la escasa longitud de los ramales existentes en el enlace de Esquíroz. Por lo que solicita que se adopte la obligatoriedad por parte del contratista adjudicatario de la obra de vigilar el tráfico existente y avisar al centro de Coordinación de Audenasa. Además previo al inicio de la obra se celebrará un reunión entre representantes del contratista y de Audenasa.

Contestación:

Se estima lo alegado, se incluirá en el proyecto de construcción una cláusula en la que se establezca lo indicado.

–Alegación número 2 presentada por don Vicente Taberna Irazoqui, gerente de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Pamplona.

Expone que quizás no sería necesario recurrir a la solución de paso subterráneo y fuera suficiente con poner paso peatonal con pulsador y en cuanto a la senda ciclable que hubiera sido mejor una sección compuesta por una acera y una pista ciclista, separada por una hilera arbolada complementaria que jalonaría la acera.

Contestación:

Se desestima lo alegado, la solución de paso peatonal semaforizado y con pulsador fue descartada porque desde la Dirección General de Obras Públicas no se autoriza a colocar este tipo de cruces en carreteras fuera de zona urbana y en cuanto al diseño del camino peatonal y rodado se ha hecho con un firme de zahorra artificial de 20 cm de espesor por coincidir en unos 600 m. con la Cañada Real de las Provincias, habiéndose obtenido autorización del Servicio del Medio Natural para el uso de la cañada con camino peatonal y ciclista con la citada condición.

–Alegación número 3 presentada por don Carlos Tamburri Moso, actuando como presidente de la Junta de Compensación del Área de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR