ORDEN FORAL 26/2015, de 23 de septiembre, del Consejero de Hacienda y Política Financiera por la que se aprueba el modelo J-40 de solicitud-liquidación de la “Tasa fiscal sobre el juego: suministro de los cartones de bingo”.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

El Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra dispone en su artículo 40, que la Tasa Fiscal sobre los Juegos de Suerte, Envite o Azar será exaccionada por la Comunidad Foral cuando el hecho imponible se realice en Navarra. Asimismo, establece que en estos tributos, cuando su autorización deba realizarse en Navarra, la Comunidad Foral aplicará la misma normativa que la establecida en cada momento por el Estado en lo que se refiere al hecho imponible y sujeto pasivo.

El artículo 6 de la Ley Foral 16/2006, de 14 de diciembre, del Juego, establece que la práctica de los juegos y apuestas habrá de realizarse en todo caso con materiales ajustados a los modelos previamente homologados, correspondiendo al órgano de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra competente por razón de la materia la homologación de los materiales, componentes o elementos y aparatos de juego y apuestas a utilizar en Navarra.

El artículo 10.2 del Reglamento de Bingos de Navarra, aprobado por Decreto Foral 73/2010, de 15 de noviembre, establece que, de utilizarse, los cartones reales serán suministrados por la Hacienda Tributaria de Navarra y tendrán la naturaleza de productos estancados a los efectos previstos en la legislación de contrabando. De este modo, los sujetos pasivos de la tasa fiscal sobre el juego relativa a las salas de bingo, deberán presentar el modelo J-40 de solicitud-liquidación, con ocasión de la adquisición de los cartones necesarios para el desarrollo del juego en las salas de bingo.

La presente Orden Foral tiene por objeto aprobar el modelo J-40 de solicitud-liquidación de la “Tasa fiscal sobre el juego: suministro de los cartones de bingo”, que deberá presentarse obligatoriamente por vía telemática, a través de Internet, cumplimentando el formulario que figura en el apartado correspondiente de la página web de la Hacienda...

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