ORDEN FORAL 2E/2015, de 18 de febrero, del Consejero del Departamento de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales, por la que se aprueba la “Convocatoria de Ayudas a Actividades de Desarrollo Turístico realizadas por Asociaciones, Entes Locales y Consorcios Turísticos durante el año 2015”.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Las Entidades Locales de Navarra, los Consorcios y diversas Asociaciones que tienen por objeto el desarrollo y promoción turística vienen desarrollando un papel relevante en la potenciación del sector turístico en tanto que complementan y enriquecen la labor de la Dirección General de Turismo y Comercio del Departamento de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales.

La presente convocatoria de ayudas pretende promover iniciativas que el sector público asuma en este sentido o consolidar actuaciones generadoras de afluencia de visitantes ya iniciadas en años anteriores. En líneas generales se fomenta el papel asesor e impulsor de la calidad de las asociaciones, y la función dinamizadora, coordinadora y organizadora tanto de Asociaciones como de Consorcios y entes Locales. El objetivo es lograr aunar esfuerzos para, a través de planteamientos de actuación globales que diversifiquen la oferta en el espacio y en el tiempo, hacer también más efectivas las actuaciones de la propia Dirección General de Turismo y Comercio.

Como se puede observar, esta convocatoria contempla actuaciones que muchas veces deben realizarse en fechas concretas y no pueden, siempre, esperar a la publicación de la convocatoria a la que habitualmente vienen presentándose. Esta convocatoria, efectivamente, viene publicándose con una periodicidad anual y en los mismos términos, por lo que el interesado asume el riesgo de realizar algunas actuaciones aún sin conocer si va a ser finalmente beneficiario. Hay que añadir, además, que a fin de mejorar la gestión de las subvenciones y dejar a los gestores un tiempo prudencial para revisar las justificaciones de fin de año, el periodo que contempla la convocatoria no corresponde con el año real. Siendo esto así, y toda vez que la publicación de la misma sí se realiza en el año para el que se ha previsto el presupuesto, nos vemos en la necesidad de admitir actuaciones previas a la publicación, aunque siempre dentro del periodo que se establece en las bases reguladoras porque entendemos que son actuaciones de interés general tanto para las entidades promotoras como para el desarrollo turístico del conjunto de Navarra.

La presente convocatoria plantea su resolución en términos de concurrencia, toda vez que se estudian, al final del periodo de presentación de solicitudes, el conjunto de las registradas y se dirime cuáles cumplen con los criterios establecidos en convocatoria y cuáles no, pero no en términos de concurrencia competitiva. Se establece, sin embargo, y como fórmula de repartimiento, el prorrateo entre los beneficiarios de la subvención del importe global máximo destinado a las subvenciones. Esto es así porque se entiende que es importante que se realicen todas las actividades contempladas en la convocatoria. La experiencia nos dice que gran parte de estas actividades, si no son objeto de subvención, no son realizadas por falta de fondos pero que, si existe la posibilidad de una ayuda, independientemente de que ésta sea algo inferior a la inicialmente prevista en convocatoria, sí se llevan a cabo.

En virtud de las facultades conferidas por el Decreto Foral 67/2012, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales,

ORDENO:

  1. Aprobar la Convocatoria de Ayudas a Actividades de Desarrollo Turístico realizadas por Asociaciones, Entes Locales y Consorcios Turísticos durante el año 2015.

  2. Aprobar las bases reguladoras de la concesión de la subvención, que se recogen en el Anexo de esta Orden Foral.

  3. Para hacer frente a los compromisos de esta convocatoria se autorizan los créditos presupuestarios siguientes, pudiéndose realizar modificaciones en función de las solicitudes recibidas:

    PARTIDA PRESUPUESTARIA COD. RCSA EJERCICIO IMPORTE
    A10001-A1130-4819-432100: Ayudas a asociaciones para calidad y actuaciones turísticas 4870 2015 150.000,00
    A10001-A1130-4609-432100: Ayudas a entes locales y consorcios para actuaciones y promoción (PITN) 4870 2015 160.000,00
    A10001-A1130-4609-432104: Ayudas a consorcios para la gestión turística (PITN) 4870 2015 110.000,00
    4. Publicar esta Orden Foral y sus Anexos en el Boletín Oficial de Navarra
  4. Contra la presente convocatoria y sus bases reguladoras cabe interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación.

  5. En el caso de Administraciones Públicas, contra esta Orden Foral podrá interponerse recurso-contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar requerimiento previo en la forma y el plazo establecidos en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa- Administrativa.

    Pamplona, 18 de febrero de 2015.–El Consejero del Departamento de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales, Juan Luis Sánchez de Muniáin Lacasia.

    BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS AL DESARROLLO TURÍSTICO PARA ACTUACIONES REALIZADAS POR ASOCIACIONES, ENTES LOCALES Y CONSORCIOS TURÍSTICOS DURANTE EL AÑO 2015

    1. Objeto.

      Las ayudas objeto de la presente convocatoria se refieren a las actividades que en materia de calidad, organización de eventos, iniciativas de desarrollo de productos y coordinación realicen las Asociaciones, Entes Locales y Consorcios Turísticos entre el 1 de octubre de 2014 y el 30 de septiembre de 2015. Este extremo se aplicará también a todos aquellos proyectos que, habiéndose presentado como único realicen, cuando menos, un 75% de sus actuaciones, dentro del periodo anteriormente señalado.

    2. Dotación presupuestaria.

      El importe máximo de esta convocatoria se realizará con cargo a las siguientes partidas presupuestarias del Presupuesto de Gastos de 2012 prorrogado para 2015, y con arreglo a la distribución por partidas que se detalla a continuación:

      –Ayudas a Asociaciones Turísticas:

      Importe máximo de 150.000 euros con cargo a la partida A10001 A1130 4819 432100 Ayudas a asociaciones para calidad y actuaciones turísticas” según la siguiente distribución:

      EPÍGRAFE/CONCEPTO PORCENTAJE TOTAL
      Actuaciones en materia de Calidad. A) 20% 30.000
      Organización de celebraciones o eventos turísticos. B) 72% 108.000
      Iniciativas de desarrollo de productos. C) 8% 12.000
      TOTAL 100% 150.000
      –Ayudas a Entidades Locales y Consorcios Turísticos

      Importe máximo de 160.000 euros con cargo a la partida “A10001 A1130 4609 432100 Ayudas a entes locales y consorcios para actuaciones y promoción turísticas”.

      EPÍGRAFE/CONCEPTO PORCENTAJE TOTAL
      Actuaciones en materia de Calidad. A) 14,10% 22.500
      Organización de celebraciones o eventos turísticos 78,40% 125.500
      Iniciativas de desarrollo de productos. C) 7,50% 12.000
      TOTAL 100,00% 160.000
      –Ayudas a la Gestión de los Consorcios Turísticos

      Importe máximo de 110.000 euros con cargo a la partida A10001 A1130 4609 432104 “Ayudas a Consorcios para la gestión turística”.

      En cualquier caso y si tras revisar los expedientes y proponer la resolución de la convocatoria quedase remanente en alguno de los subapartados podrá sumarse a cualquiera de los otros dos según el siguiente orden: organización de eventos, desarrollo de productos y actuaciones de calidad. Igualmente, y si tras resolver otros apartados de esta convocatoria y de otras convocatorias incluidas en el mismo programa, o por un incremento en las partidas presupuestarias quedasen remanentes, las cantidades señaladas podrán verse incrementadas.

      De la misma manera y si como consecuencia de renuncias, incumplimientos o ajustes posteriores de expedientes resueltos en esta misma convocatoria se produjesen nuevos remanentes en la partida, se podrá incrementar la cantidad concedida hasta agotar el nuevo remanente o, en su caso, hasta completar la subvención que les hubiese correspondido de no darse prorrateo de acuerdo con lo establecido en la convocatoria.

    3. Beneficiarios.

      Podrán acogerse a estas ayudas:

      –Las Asociaciones turísticas con domicilio en Navarra que consten debidamente registradas en el Registro de Turismo de Navarra con anterioridad al 1 de enero de 2014.

      –Las Entidades Locales de Navarra.

      –Los Consorcios Turísticos con domicilio en Navarra que estén debidamente registrados en el Registro de Turismo de Navarra a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

    4. Actuaciones susceptibles de ser acogidas e importe de la ayuda.

      Serán objeto de ayuda los proyectos que se desarrollen en relación con los siguientes apartados:

      1. Actuaciones en materia de calidad.

        Actuaciones de los entes gestores de destino SICTED y/o producto Ruta del Vino contempladas dentro de los respectivos proyectos.

        Por este concepto se admitirán tan sólo las solicitudes realizadas por Consorcios y Asociaciones.

        Contenido mínimo de las memorias de:

        Solicitud: Empresa o personal asesor que se contrata o personal técnico propio adscrito expresamente al proyecto y relación de establecimientos susceptibles de obtener y renovar el distintivo en 2015.

        Justificación: Resultado de la campaña, memoria final con la indicación de las asistencias y actuaciones realizadas por el ente gestor con un apartado específico de conclusiones del periodo y del proyecto.

        A efectos de este apartado se podrán admitir como gastos subvencionables: la contratación de los técnicos, los gastos de dietas y kilometraje por la asistencia a actuaciones relacionadas con los sistemas de calidad de los técnicos contratados al efecto o la de otros técnicos, siempre y cuando su asistencia esté justificada, y los gastos de formación en la materia de los técnicos propios.

        En el caso de contratación de asesoramiento externo se admitirá como gasto subvencionable únicamente la factura de la empresa contratada.

        Importe de la ayuda: Subvención a fondo perdido de hasta el 70% de subvención aceptándose un presupuesto máximo de 42.857 euros en el caso de solicitudes de Asociaciones Turísticas, y de 32.143 euros en el caso de Consorcios...

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