ORDEN FORAL 35/2017, de 26 de abril, de la Consejera del Departamento de Cultura, Deporte y Juventud, por la que se aprueba definitivamente el Plan General Municipal de Zubieta, promovido por el Ayuntamiento de Zubieta.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

El Ayuntamiento de Zubieta ha presentado ante el Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, para su aprobación definitiva, el expediente descrito en el encabezamiento.

Mediante escrito de 30 de enero de 2017, la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local pone de manifiesto la concurrencia de causa de abstención recogida en el artículo 11.1 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, así como en el artículo 23.2. de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en relación con la aprobación definitiva del Plan General Municipal de Zubieta.

Por ello, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 11 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, y 6 del Decreto Foral 39/2005, de 24 de febrero, de funcionamiento del Gobierno de Navarra, mediante Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 11/2017, de 12 de abril, se acepta la abstención formulada por la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local y se designa a la Consejera de Cultura, Deporte y Juventud.

Vista la documentación aportada, así como el informe del Servicio de Territorio y Paisaje, se considera procedente su aprobación definitiva.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 41.1 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,

ORDENO:

  1. Aprobar definitivamente el Plan General Municipal de Zubieta, promovido por el Ayuntamiento de Zubieta.

  2. Señalar que esta Orden Foral no agota la vía administrativa. Los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra contra este acto aprobatorio de control de legalidad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Orden Foral o, en su caso, publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

    Y contra la normativa urbanística aprobada se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, desde la publicación de su contenido en el Boletín Oficial de Navarra a instancia del Ayuntamiento correspondiente.

    Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de...

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