ORDEN FORAL 38/2019, de 28 de marzo, del Consejero de Hacienda y Política Financiera, por la que se modifica parcialmente la Orden Foral 37/2015, de 30 de septiembre, del Consejero de Hacienda y Política Financiera, en relación con el régimen de suplencias del Director Gerente de la Hacienda Tributaria de Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Mediante Orden Foral 37/2015, de 30 de septiembre, del Consejero de Hacienda y Política Financiera, se delega el ejercicio de competencias en el Director Gerente de la Hacienda Tributaria de Navarra y se establece el régimen de la suplencia temporal de éste último.

Vista la experiencia surgida a la hora de aplicar el régimen de suplencias del Director Gerente de la Hacienda Tributaria de Navarra se considera procedente modificar el mismo para adecuarlo a la realidad práctica del organismo autónomo.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en los artículos 16 y 56 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral y del Sector Público Institucional Foral,

ORDENO:

  1. Modificar el artículo 5.º de la Orden Foral 37/2015, de 30 de septiembre, del Consejero de Hacienda y Política Financiera, por la que se delega el ejercicio de competencias en el Director Gerente de la Hacienda Tributaria de Navarra y se establece el régimen de la suplencia temporal de éste último, que queda redactado del siguiente modo:

    5.º En los casos de vacante, ausencia, enfermedad o impedimento personal del Director Gerente de la Hacienda Tributaria de Navarra ejercerá sus funciones por suplencia alguna de las personas titulares de las direcciones de los Servicios del organismo autónomo, determinándose como orden de prelación a estos efectos, el siguiente:

    a) La persona que ostente la dirección del Servicio de Recaudación.

    b) La persona que ostente la dirección del Servicio de Gestión Tributaria

    c) La persona que ostente la dirección del Servicio de Inspección Tributaria.

    d) La persona que ostente la dirección del Servicio de Riqueza Territorial y Tributos Patrimoniales.

    e) La persona que ostente la dirección del Servicio de Sistemas de Información Tributaria.

    f) La persona que ostente la dirección del Servicio de Gestión de los Impuestos de la Renta sobre las Personas Físicas y sobre el Patrimonio.

    g) La persona que ostente la dirección del Servicio de Asistencia e Información al Contribuyente

    h) La persona que ostente la dirección del Servicio de Convenio Económico y Planificación Financiera

    i) La persona que ostente la dirección del Servicio...

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