ORDEN FORAL 38/2020, de 25 de noviembre, del Consejero de Políticas Migratorias y Justicia, por la que se modifica la Orden Foral 10/2014, de 17 de enero, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se establecen las normas de gestión del personal temporal para ocupar plazas al servicio de la Administración de Justicia en Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

BOLETÍN Nº 283 - 4 de diciembre de 2020 1. Comunidad Foral de Navarra 1.2. Autoridades y Personal 1.2.2. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo ORDEN FORAL 38/2020, de 25 de noviembre, del Consejero de Políticas Migratorias y Justicia, por la que se modifica la Orden Foral 10/2014, de 17 de enero, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se establecen las normas de gestión del personal temporal para ocupar plazas al servicio de la Administración de Justicia en Navarra. Por Orden Foral 10/2014, de 17 de enero, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior se establecieron las normas de gestión de personal temporal para ocupar plazas al servicio de la Administración de Justicia en Navarra. La experiencia acumulada a lo largo de estos años de vigencia de dicha norma impone una modificación parcial de la misma con la finalidad de adaptarla a la cambiante realidad social.

La norma vigente exige, como requisito específico de acceso a las relaciones de aspirantes a la contratación en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, conocimientos de mecanografía que se acreditarán, entre otros medios, mediante “Diploma o certificación obtenida en los últimos cinco años, acreditativos de que el interesado alcanza 220 pulsaciones por minuto, expedidos por un centro de formación reconocido oficialmente”. La realidad ha demostrado la dificultad de los aspirantes a la contratación temporal de acreditar dicho requisito por la inexistencia en Navarra de centros de formación reconocidos oficialmente que expidan el referido diploma o certificación, al mismo tiempo que el conocimiento de la mecanografía ha dado paso al manejo de medios tecnológicos y herramientas informáticas.

Se impone, por tanto, adaptar la norma a la realidad social ante la inminente convocatoria para el acceso a bolsas de aspirantes a la contratación temporal en la Administración de Justicia en Navarra, en el sentido de sustituir el requisito del diploma o certificación expedido por un centro de formación reconocido oficialmente de alcanzar 220 pulsaciones por minuto, por una declaración responsable del aspirante como forma de acreditación del cumplimiento de dicho requisito. Asimismo, esta declaración responsable sustituye, por innecesarios, al resto de medios acreditativos de poseer conocimientos de mecanografía recogidos en el precepto que se modifica.

Por todo ello, previa negociación con las organizaciones sindicales y de conformidad con lo...

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