ORDEN FORAL 44/2016, de 10 de mayo, del Consejero de Salud, por la que se establece la estructura orgánica del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra.
Sección | I - Comunidad Foral de Navarra |
Rango de Ley | Orden foral |
El artículo 2.3.c) del Decreto Foral 63/2012, de 18 de julio, por el que se creó y se aprobaron los Estatutos del Organismo Autónomo Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra, establece que corresponde a la persona titular del Departamento de Salud la creación, modificación y supresión de las unidades orgánicas inferiores a Sección necesarias para el mejor desarrollo funcional de la estructura, a propuesta de la Dirección Gerencia del Instituto y de la Dirección General de Salud, previo informe de los Departamentos competentes en materia de organización y función pública.
Mediante la disposición transitoria primera del Decreto Foral 63/2012, antes citado, se mantiene la vigencia de la estructura a nivel de unidades en tanto no sea modificada por el Consejero de Salud.
En consecuencia, procede ahora el establecimiento de la estructura a nivel de unidades del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra alineada con la nueva estructura del Organismo Autónomo establecida mediante el Decreto Foral 242/2015, de 14 de octubre, por el que se modificó el Decreto Foral 63/2012. Se viene a recoger así en un solo texto toda la estructura a nivel de unidades, con sus correspondientes funciones.
En consecuencia, vista la propuesta de la Dirección Gerencia del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra y de la Dirección General de Salud, y en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 2.3.c) del Decreto Foral 63/2012, de 18 de julio, por el que se creó y se aprobaron los Estatutos del Organismo Autónomo Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra,
ORDENO:
Estructura General a nivel de unidades
Se establece, en el Servicio de Epidemiología y Prevención Sanitaria, la Unidad de Enfermería y Gestión, adscrita a la Sección de Detección Precoz.
Se establecen, en el Servicio de Salud Laboral, las siguientes unidades:
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La Unidad de Formación e Información, adscrita al Servicio de Salud Laboral.
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La Unidad de Sistemas de Información, adscrita a la Sección de Medicina del Trabajo y Epidemiología Laboral.
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La Unidad de Incapacidad Temporal, adscrita a la Sección de Valoración Clínico-Laboral e Inspección Médica.
Se establecen, en el Servicio de Seguridad Alimentaria y Sanidad Ambiental, las siguientes unidades:
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La Unidad de Seguridad Física, adscrita al Servicio de Seguridad Alimentaria y Sanidad Ambiental.
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La Unidad de Análisis Microbiológicos, adscrita a la Sección de Laboratorio de Salud Pública.
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La Unidad de Análisis Químicos, adscrita a la Sección de Laboratorio de Salud Pública.
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La Unidad de Inspección, adscrita a la Sección de Seguridad Alimentaria.
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La Unidad de Apoyo Técnico y Registro, adscrita a la Sección de Seguridad Alimentaria.
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La Unidad de Inspección de Industrias Cárnicas y Mataderos, adscrita a la Sección de Seguridad Alimentaria.
Se establecen, en el Servicio de Gestión Económica y de Profesionales, las siguientes unidades:
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La Unidad de Contabilidad, adscrita a la Sección de Gestión Económica.
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La Unidad de Gestión de Personal, adscrita a la Sección de Profesionales.
Funciones de las Unidades del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra
La Unidad de Enfermería y Gestión desarrollará las siguientes funciones:
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Supervisión de la calidad de la asistencia, el respeto de los derechos del paciente y el cumplimiento de las obligaciones asistenciales del personal a cargo, tanto en términos generales como especificamente, según el Programa de que se trate.
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Seguimiento clínico de los pacientes participantes en los diferentes programas de la sección, mediante revisión de la historia clínica informatizada de atención primaria y especializada.
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Control y coordinación de las actividades, tareas y funciones del personal adscrito a su unidad (técnico y administrativo), asignándoles puesto, turno y jornada de trabajo.
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Control y gestión de absentismo, bajas, vacaciones, traslados, etc...
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Velar por el cumplimiento de horarios, dedicación y rendimiento.
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Facilitar e impulsar los procesos de comunicación con el personal y, la promoción del clima laboral.
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Realizar labores de adecuación, asesoramiento, apoyo técnico y formación del personal adscrito a la unidad.
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Atención del mantenimiento general y preventivo del equipamiento técnico, asf como la correcta situación de las unidades.
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Control y reposición de todo el material no inventariable de la Unidad.
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Las demás funciones que le atribuyan las disposiciones en vigor y cualquier otra relacionada o derivada de las anteriores que le sea encomendada dentro de su ámbito de actuación.
La Unidad de Formación e Información desarrollará las siguientes funciones:
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Diseño y desarrollo de formación derivada de los Programas de Actuación del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra (ISPLN), especialmente los derivados de los planes de Salud Laboral.
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Desarrollo y apoyo a la programación formativa de las Secciones del Servicio y del propio Servicio.
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Gestión de cursos que se realicen desde el Servicio y las Secciones del SSL.
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Asesoramiento y apoyo a la formación en la plataforma on-line disponible en el SSL.
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Participación y, en su caso, realización de estudios periódicos sobre las necesidades formativas del personal del SSL.
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Representación del SSL en foros o grupos de trabajo estatales en que este Servicio Participe en materia formativa y educativa en salud laboral.
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Promoción y colaboración, junto a Administraciones o entidades competentes, para la integración de contenidos en salud laboral en la enseñanza reglada especialmente en fases prelaborales.
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Gestión de consultas que en materia de formación en Salud Laboral de la población trabajadora, técnica, empresarial, sindical u otra, sea formulada al SSL.
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Apoyo, habilitación, preparación, gestión y difusión de materiales y publicaciones de salud laboral destinadas a empresas, población trabajadora, servicios de prevención u otros agentes preventivos.
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Gestión y actualización de los contenidos de salud laboral de la página web deI ISPLN.
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Impulso del uso de las nuevas redes sociales para difusión de información en la medida en que se muestren eficaces en tal sentido.
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Gestión de documentación y consulta bibliográfica tanto al SSL como a los agentes sociales y profesionales de prevención.
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Gestión y asesoramiento tanto al SSL como a los agentes sociales y profesionales de prevención en materia de documentación y consulta bibliográfica.
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Gestión y control de las subvenciones anuales del INSPL en materia de salud Laboral.
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Cualesquiera otras funciones que se le puedan atribuir desde la Jefatura de SSL.
La Unidad de Sistemas de Información desarrollará las siguientes...
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