ORDEN FORAL 49/2020, de 16 de marzo, del Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, por la que se modifica la Orden Foral 196/2019, de 18 de diciembre, en el apartado referente a la Dirección General de Interior.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

BOLETÍN Nº 65 - 26 de marzo de 2020 1. Comunidad Foral de Navarra 1.2. Autoridades y Personal 1.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones ORDEN FORAL 49/2020, de 16 de marzo, del Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, por la que se modifica la Orden Foral 196/2019, de 18 de diciembre, en el apartado referente a la Dirección General de Interior. El artículo 16.2 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral establece que la persona titular de cada departamento designará mediante orden foral a quien deba suplir temporalmente a las personas titulares de las Direcciones Generales, de la Secretaría General Técnica y de otros órganos directamente dependientes de ellas, en casos de vacante, ausencia, enfermedad o impedimento personal de las mismas, así como en los casos en que haya sido declarada su abstención o recusación.

En virtud de tal atribución, por Orden Foral 196/2019, de 18 de diciembre, del Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, se establecieron las suplencias, entre otras, de la persona titular de la Dirección General de Interior.

La situación extraordinaria generada por la evolución del coronavirus COVID-19 y la consiguiente declaración del estado de alarma por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, han colocado a los servicios de emergencia y seguridad dependientes de la Dirección General de Interior, en primera línea de respuesta a la crisis, lo que justifica una alteración en el orden de suplencias establecido en la antedicha Orden Foral.

El apartado 6 del citado precepto dispone que para la validez de la suplencia no será necesaria su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, salvo que así se establezca para supuestos concretos. Teniendo en cuenta la situación que motiva la modificación, el contenido de la presente Orden Foral producirá efectos desde el momento de su firma, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, para general conocimiento.

En su virtud, de conformidad con el precepto legal citado,

ORDENO:

  1. Modificar el apartado 3.º de la Orden Foral 196/2020, de 18 de diciembre, del Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública...

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