ORDEN FORAL 4E/2020, de 21 de enero, del Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, por la que se aprueba definitivamente la modificación estructurante del Plan Municipal de Garínoain, que afecta a la parcela catastral 329 del polígono 2 y a la comunal colindante, promovida por Joseba Inchusta Irisarri.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

BOLETÍN Nº 37 - 24 de febrero de 2020 1. Comunidad Foral de Navarra 1.3. Ordenación del Territorio y Urbanismo ORDEN FORAL 4E/2020, de 21 de enero, del Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, por la que se aprueba definitivamente la modificación estructurante del Plan Municipal de Garínoain, que afecta a la parcela catastral 329 del polígono 2 y a la comunal colindante, promovida por Joseba Inchusta Irisarri. El Ayuntamiento de Garínoain ha presentado ante el Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, para su aprobación definitiva, el expediente descrito en el encabezamiento.

Mediante Resolución 370E/2019, de 24 de junio, de la Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, se formula el Informe Ambiental Estratégico favorable sobre la presente modificación de determinaciones estructurantes del Plan Municipal de Garínoain. Dicha Resolución fue publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 155, de 9 de agosto de 2019.

Vista la documentación aportada, así como el informe del Servicio de Territorio y Paisaje y el resto de informes sectoriales emitidos durante la tramitación, se considera procedente su aprobación definitiva.

De conformidad con lo expuesto, y en virtud del Decreto Foral 262/2019, de 30 de octubre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos,

ORDENO:

  1. Aprobar definitivamente la modificación estructurante del Plan Municipal de Garínoain, que afecta a la parcela catastral 329 del polígono 2 y a la comunal colindante, promovida por Joseba Inchusta Irisarri.

  2. Indicar que, respecto a las infraestructuras y servidumbres que pudieran quedar afectadas por la ejecución de la actuación o que pudieran condicionarla, el promotor se proveerá, de modo previo a la ejecución de las obras, de cuantas autorizaciones fueren precisas de los órganos competentes en razón de la materia de que se trate.

  3. Señalar que esta Orden Foral no agota la vía administrativa. Los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra contra este acto aprobatorio de control de...

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