ORDEN FORAL 73E/2020, de 1 de julio, del Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación estructurante del Plan Municipal de Baztan, que afecta al artículo 13 (Suelo Forestal) de la Normativa Urbanística Particular de Quinto Real/Kintoa, promovido por la Asociación Pastoral Argintzu.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

BOLETÍN Nº 169 - 31 de julio de 2020 1. Comunidad Foral de Navarra 1.3. Ordenación del Territorio y Urbanismo ORDEN FORAL 73E/2020, de 1 de julio, del Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación estructurante del Plan Municipal de Baztan, que afecta al artículo 13 (Suelo Forestal) de la Normativa Urbanística Particular de Quinto Real/Kintoa, promovido por la Asociación Pastoral Argintzu. El Ayuntamiento de Baztan ha presentado ante el Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, para su aprobación definitiva, el expediente descrito en el encabezamiento.

Mediante Resolución 288E/2020, de 25 de marzo, del Director General de Medio Ambiente, se formula Informe Ambiental Estratégico favorable sobre la presente modificación de determinaciones estructurantes del Plan Municipal de Baztan. Dicha Resolución fue publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 75, de 8 de abril de 2020.

Vista la documentación aportada, así como el informe del Servicio de Territorio y Paisaje y el resto de informes sectoriales emitidos durante la tramitación, se considera procedente su aprobación definitiva.

De conformidad con lo expuesto, y en virtud del Decreto Foral 262/2019, de 30 de octubre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos,

ORDENO:

  1. Aprobar definitivamente el expediente de modificación estructurante del Plan Municipal de Baztan, que afecta al artículo 13 (Suelo Forestal) de la Normativa Urbanística Particular de Quinto Real/Kintoa, promovido por la Asociación Pastoral Argintzu.

  2. Señalar que esta Orden Foral no agota la vía administrativa. Los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra contra este acto aprobatorio de control de legalidad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la práctica de la notificación...

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