ORDEN FORAL 76/2019, de 12 de diciembre, de la Consejera de Economía y Hacienda, por la que se designan los suplentes temporales de las personas titulares de las Direcciones Generales, de la Dirección del Instituto de Estadística de Navarra y de la Secretaría General Técnica del Departamento.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

BOLETÍN Nº 2 - 3 de enero de 2020 1. Comunidad Foral de Navarra 1.2. Autoridades y Personal 1.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones ORDEN FORAL 76/2019, de 12 de diciembre, de la Consejera de Economía y Hacienda, por la que se designan los suplentes temporales de las personas titulares de las Direcciones Generales, de la Dirección del Instituto de Estadística de Navarra y de la Secretaría General Técnica del Departamento. Mediante Decreto Foral 264/2019, de 30 de octubre, se establece la estructura orgánica del Departamento de Economía y Hacienda, por lo que es preciso adaptar la designación de suplencias a la nueva configuración en el mismo.

El artículo 16.2 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, establece que la persona titular de cada Departamento designará mediante orden foral, quien deba suplir temporalmente a las personas titulares de las Direcciones Generales, Secretarías Generales Técnicas y de otros órganos administrativos directamente dependientes de ellas, en casos de vacante, ausencia, enfermedad o impedimento personal de los mismos, así como en los casos en que haya sido declarada su abstención o recusación.

En consecuencia,

ORDENO:

  1. En caso de vacante, ausencia, enfermedad o impedimento personal de la persona titular de la Dirección General de Presupuestos, Patrimonio y Política Económica le suplirán temporalmente:

    1. La persona titular de la Dirección del Servicio de Presupuestos y Programación Económica en las materias propias de su Servicio.

    2. La persona titular de la Dirección del Servicio de Economía y Finanzas en las materias propias de su Servicio.

    3. La persona titular de la Dirección del Servicio de Patrimonio en las materias propias de su Servicio.

    4. Cualquiera de las personas titulares de las Direcciones de Servicio de la Dirección General de Presupuestos, Patrimonio y Política Económica, y por el orden señalado, en el caso de que la persona titular de uno de los Servicios no pueda ejercer la suplencia que le corresponde.

  2. En caso de vacante, ausencia, enfermedad o impedimento personal de la persona titular de la Dirección General de Intervención y Contabilidad le suplirán temporalmente:

    1. La persona titular de la Dirección del Servicio de Intervención, en las materias propias de su Servicio.

    2. La persona titular de la Dirección del Servicio de Control Financiero Permanente y Auditoría, en las materias propias...

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