ORDEN FORAL 86/2020, de 24 de junio, de la Consejera de Economía y Hacienda, por la que se modifica la Orden Foral 61/2020, de 30 de abril, de la Consejera de Economía y Hacienda, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio correspondientes al período impositivo 2019, se dictan las normas para su presentación e ingreso y se determinan las condiciones y procedimiento para su presentación por medios electrónicos.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

BOLETÍN Nº 141 - 26 de junio de 2020 1. Comunidad Foral de Navarra 1.1. Disposiciones Generales 1.1.3. Órdenes Forales ORDEN FORAL 86/2020, de 24 de junio, de la Consejera de Economía y Hacienda, por la que se modifica la Orden Foral 61/2020, de 30 de abril, de la Consejera de Economía y Hacienda, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio correspondientes al período impositivo 2019, se dictan las normas para su presentación e ingreso y se determinan las condiciones y procedimiento para su presentación por medios electrónicos. La Orden Foral 61/2020, de 30 de abril, de la Consejera de Economía y Hacienda, estableció las normas para la presentación e ingreso de la autoliquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio correspondientes al período impositivo 2019.

La mencionada Orden Foral establece como fecha para el pago de la primera parte del fraccionamiento, o en su caso, del pago íntegro, el 20 de julio de 2020, no permitiendo su domiciliación bancaria cuando la declaración se presente entre los días 10 y 20 de julio de 2020, ambos inclusive.

Con el objeto de que todos los sujetos pasivos que presenten la autoliquidación dentro del periodo voluntario puedan domiciliar el pago, incluso aquellos que la presenten entre el 10 y el 20 de julio de 2020, se pospone la fecha del primer pago, ya sea íntegro o parcial, hasta el 28 de julio de 2020.

En consecuencia,

ORDENO:

Artículo único

–Modificación de la Orden Foral 61/2020, de 30 de abril, de la Consejera de Economía y Hacienda, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio correspondientes al período impositivo 2019, se dictan las normas para su presentación e ingreso y se determinan las condiciones y procedimiento para su presentación por medios electrónicos.

Uno.–Artículo 6. 1.5.º, tercer párrafo.

Si el sujeto pasivo desea modificar el fraccionamiento del pago de dos a un único plazo, cambiar de cuenta de domiciliación, o no desea domiciliar el pago de la deuda, podrá realizar esas modificaciones o incluso anular dicha domiciliación a través de la página web https://hacienda.navarra.es, o llamando a los teléfonos de consulta que la Hacienda Foral de Navarra pone a disposición de los...

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