ORDEN FORAL 420/2002, de 26 de agosto, del Consejero de Educación y Cultura, por la que se aprueban las instrucciones que van a regular, durante el curso 2002-2003, la organización y el funcionamiento de los centros docentes públicos que imparten las enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional y Programas de Iniciación Profesional.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

El Director del Servicio de Ordenación Académica y Formación Profesional presenta informe favorable para la aprobación de esta Orden Foral, que tiene por objeto aprobar unas instrucciones complementarias a los Reglamentos Orgánicos de los centros, al Decreto Foral 225/1998, de 6 de julio, a la Orden Foral 257/1998, de 16 de julio, por el que se desarrolla el R.O.C. de las Escuelas Públicas de Infantil y Primaria, al Decreto Foral 153/1999, de 10 de mayo, por el que se regula la Orientación Educativa, a la Orden Foral 279/2001, de 13 de julio, por la que se ordena la publicación del Pacto para la Mejora de la Calidad del Servicio Educativo en la Comunidad Foral de Navarra y a la Orden Foral 258/1998, de 16 de julio, por la que se desarrolla el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria, que sirvan para puntualizar y desarrollar aspectos concretos contenidos en sus líneas generales en las normas citadas anteriormente y que tienen como finalidad conseguir la correcta organización y el buen funcionamiento de los centros docentes y garantizar, de este modo, una actividad educativa coherente y eficaz durante el curso 2002-2003.

En virtud de las facultades conferidas por el artículo 36 de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

ORDENO:

  1. Se aprueban las instrucciones que figuran como Anexos a esta Orden y a las que deberán ajustarse, durante el curso 2002-2003, la organización y el funcionamiento de los centros docentes públicos en los que se imparten las enseñanzas de Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional y Programas de Iniciación Profesional, en el ámbito territorial de la Comunidad Foral de Navarra.

  2. Las instrucciones a que se refiere esta Orden Foral serán de aplicación a los centros privados concertados o subvencionados en todo aquello que les afecte, de acuerdo con la normativa vigente al respecto.

  3. Se autoriza al Director General de Educación a dictar cuantas disposiciones sean precisas para la aplicación y desarrollo de lo dispuesto en la presente Orden Foral.

  4. Trasladar la presente Orden Foral y sus anexos al Servicio de Ordenación Académica y Formación Profesional, al Servicio de Inspección Técnica y de Servicios y a la Sección de Ordenación Académica, a los efectos oportunos.

  5. Publicar la Presente Orden Foral y sus Anexos en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, veintiséis de agosto de dos mil dos.-El Consejero de Educación y Cultura, Jesús María Laguna Peña.

ANEXO I

Instrucciones que van a regular, durante el curso 2002-2003, la organización y el funcionamiento de los centros docentes públicos que imparten las enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil y educación primaria

Introducción

La organización y el funcionamiento de los centros docentes públicos que imparten segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria se atendrán a lo establecido en el Reglamento Orgánico de las Escuelas Públicas de Educación Infantil, Colegios Públicos de Educación Primaria y Colegios Públicos de Educación Infantil y Primaria en el ámbito territorial de la Comunidad Foral de Navarra y a lo dispuesto en los Títulos I y II y Disposiciones del Decreto Foral 225/1998, de 6 de julio, en el Decreto Foral 153/1999, de 10 de mayo, en la Orden Foral 257/1998, de 16 de julio, en la Orden Foral 279/2001, de 13 de julio, por la que se ordena la publicación del Pacto para la Mejora de la Calidad del Servicio Educativo en la Comunidad Foral, así como a lo que establecen para el curso 2002-2003 las instrucciones recogidas en los Anexos I y IV. Dichas instrucciones, en calidad de normativa complementaria, tienen, como finalidad principal, desarrollar algunos aspectos de las normas básicas anteriores; todo ello con el fin de conseguir que los centros docentes públicos de los niveles educativos de Infantil y Primaria funcionen de la manera más adecuada y eficaz.

I.-Programación general anual del centro.

  1. Planes de mejora.

    La Comisión de Coordinación Pedagógica presentará al claustro para su aprobación en el mes de septiembre un plan de trabajo para el periodo del curso escolar que se enmarcará en un proyecto de mejora sobre los aspectos que establezca el Departamento de Educación y Cultura.

    En el plan de trabajo figurarán los objetivos que se quieren alcanzar, las actuaciones específicas necesarias para la consecución de los objetivos previstos, el órgano u órganos responsables, los recursos asignados, la metodología o procedimiento de trabajo, así como el calendario o temporalización establecido para llevar a cabo el plan de trabajo a lo largo del curso.

  2. Mejora y adecuación del proyecto educativo.

    El proyecto educativo expresa los criterios generales que con carácter unitario definen la identidad y la intencionalidad de un centro escolar. Debe revisarse con regularidad el hecho de que determinadas situaciones particularmente significativas o elementos contextuales nuevos exijan un ajuste entre las intenciones explicitadas en el proyecto educativo y las condiciones en que se desarrolla la práctica educativa.

    Ello supondrá normalmente la introducción o modificación de objetivos generales, de valores y actitudes fundamentales y de líneas prioritarias de trabajo desde las cuales se orienten las decisiones curriculares, la organización de tareas y de funciones y la promoción de medidas configuradoras de un clima escolar que fomente la convivencia en el centro y, en suma, de una educación de mayor calidad.

    En particular, durante el curso 2002-2003 se planteará la inclusión de criterios y procedimientos relativos a la atención a la diversidad cultural en el centro y al fomento de un ámbito de convivencia integrador en el cual se favorezca y se motive la aportación de todos los miembros y sectores de la comunidad educativa, en particular del profesorado y de las familias. Asimismo se contemplarán, desde las instancias responsables de la orientación educativa en cada centro, los cauces de comunicación con las familias y la colaboración con instancias externas (municipales, entidades colaboradoras, etc.)

    Estos aspectos formarán parte del Plan de Atención a la Diversidad de cada centro escolar. En todo caso, si en el centro existen alumnos procedentes de la inmigración y de situaciones socioculturales desfavorecidas se incluirá en el Plan de Atención a la Diversidad para el curso 2002-2003 un apartado referido a la atención a inmigrantes y minorías.

    De modo particular, en las etapas de Infantil y Primaria debe explicitarse en todo caso, dentro del mencionado Plan de Atención a la Diversidad, de qué manera y en qué tiempos concretos los tutores que salen del aula por la entrada del profesorado especialista en la misma van a atender los refuerzos para alumnos extranjeros, así como distintos apoyos para los casos de desfase curricular y los refuerzos de atención a la diversidad.

    La educación en valores, entre los que es preciso destacar el respeto a la dignidad de todas las personas y la convivencia positiva, la paz y la justicia, es un objetivo prioritario y permanente del sistema educativo de la Comunidad Foral de Navarra. También tendrá carácter prioritario la formación en valores humanos conducentes al autocontrol, la responsabilidad, la sobriedad y la prevención de conductas de riesgo, para lo cual se buscará la colaboración y participación de las familias. En estas etapas, la educación está poniendo las bases para que las niñas y los niños adquieran sus primeros conocimientos y destrezas sistemáticos y algunas de las actitudes y hábitos que van a configurar fundamentalmente su desarrollo personal y social.

    Por ello es preciso que el centro escolar se plantee, por una parte, el grado en que está siendo eficaz en su papel formativo y socializador, si la orientación conjunta de la vida escolar fomenta el desarrollo personal y emocional, la firmeza de carácter, la tolerancia a la frustración, la efectiva igualdad de derechos entre las personas, el rechazo a todo tipo de discriminación y el respeto a todas las culturas (cfr. L.O.G.S.E., artículo 2.3.c).

    Los hábitos y estilos de vida madura y saludable incorporan un alto ingrediente de autodominio, de fuerza de voluntad, de creatividad y de capacidad para tomar decisiones y mantenerlas frente a un ambiente con frecuencia despersonalizador. Determinados programas específicos o de carácter transversal, junto con las tareas propias de la tutoría, pueden favorecer estos aspectos del desarrollo personal del alumnado. Sería de la mayor importancia que se busque en lo posible el acuerdo y la colaboración de las familias para plantearse objetivos, pautas de intervención y actividades de forma conjunta con los equipos docentes, con el fin de que se refuercen mutuamente la intervención educativa familiar y la escolar.

    Términos como el de "no discriminación" expresan de forma negativa -motivada por la existencia de situaciones no deseables- el derecho de todo ser humano al reconocimiento de su dignidad personal. En este sentido, en aquellos centros en los que se impartan enseñanzas en diferentes modelos lingüísticos se fomentará la existencia de espacios y tiempos comunes con el fin de facilitar la convivencia entre el alumnado de los distintos modelos.

    Para ello, entre otras acciones, se fomentará de modo permanente el uso de los fondos de la biblioteca escolar.

    Los Proyectos Educativo y Curricular considerarán con especial atención el desarrollo de la lectura comprensiva en todas las áreas del currículo como instrumento de aprendizaje básico y común por excelencia. Todo el profesorado de la etapa procurará que cada alumno y alumna, al terminar sus estudios de primaria y con relación a su edad posea las competencias lingüísticas básicas necesarias para su desarrollo académico y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR