ORDEN FORAL 239/2012, de 24 mayo, de la Consejera de Política Social, Igualdad, Deporte y Juventud, por la que se aprueban las bases de la convocatoria por la que se regulan ayudas económicas a familias por cuarto y sucesivos hijos en los años 2011 y 2012.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

El Instituto Navarro para la Igualdad y Familia tiene, entre otras funciones y objetivos, la de coordinación, impulso y evaluación de las actuaciones reflejadas en el Plan de Apoyo a la Familia así como el fomento, coordinación, gestión y seguimiento de los programas destinados a la Familia.

La Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, establece el régimen jurídico general aplicable a éstas cuando sean otorgadas con cargo a los Presupuestos Generales de Navarra para el fomento de actividades de utilidad pública o de interés social.

El objeto de la presente convocatoria es establecer las bases reguladoras que regirán para la concesión de ayudas económicas a familias por cuarto y sucesivos hijos en los años 2011 y 2012.

Vistos los informes técnicos y jurídicos obrantes en el expediente, que ponen de manifiesto, respectivamente, la oportunidad e interés social de la concesión de las presentes subvenciones, así como la legalidad de la convocatoria y sus correspondientes bases reguladoras.

En consecuencia, en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, y por el Decreto Foral 136/2011, de 24 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Política Social, Igualdad, Deporte y Juventud,

ORDENO:

  1. Aprobar la convocatoria para la concesión de ayudas económicas a familias por cuarto y sucesivos hijos en los años 2011 y 2012.

  2. Autorizar un gasto de 869.259,00 euros con cargo a la Partida 930002 94000 4809 231502 denominada "Transferencias a familias con cuatro o más hijos" del Presupuesto de gastos de 2012.

  3. A lo largo del presente ejercicio podrán autorizarse un incremento del crédito disponible para la presente convocatoria, con cumplimiento de los requisitos establecidos para ello.

  4. Trasladar esta Orden Foral a la Subdirección de Planificación y Gestión de Políticas para las Familias y al Centro Contable del Instituto Navarro para la Igualdad y Familia del Departamento de Política Social, Igualdad, Deporte y Juventud, a los efectos oportunos.

  5. Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, a 24 de mayo de 2012. La Consejera de Política Social, Igualdad, Deporte y Juventud, Elena Torres Miranda.

Bases de la convocatoria

Primera. Objeto.

Esta Orden Foral tiene por objeto aprobar la convocatoria para la concesión de ayudas económicas a familias por cuarto y sucesivos hijos en los años 2011 y 2012.

Segunda. Beneficiarios.

Serán beneficiarios los solicitantes cuya unidad familiar ostente la condición de familia numerosa de acuerdo con la legislación vigente aplicable y que hayan tenido o tengan, en el año 2011 o en el 2012, respectivamente, cuatro o más hijos menores de dieciocho años, que otorguen el derecho a la citada consideración. Las personas que en el año 2011 tuvieron una ayuda por este concepto solo podrán optar ayudas en lo referido al año 2012.

Tercera. Cuantía de las ayudas.

  1. -La cuantía de las ayudas será la siguiente:

    1. A las familias numerosas de categoría general se les concederá una ayuda económica de 413,89 euros por cada hijo menor de 18 años, a partir del cuarto inclusive.

    2. A las familias numerosas de categoría especial se les concederá una ayuda económica de 620,83 euros por cada hijo menor de 18 años, a partir del cuarto inclusive.

  2. -La cuantía se reducirá al 50% en el caso de que la base liquidable del Impuesto de la Renta de las Personas Trabajadoras de la unidad familiar sea superior a:

    -Cinco veces el salario mínimo interprofesional para las familias que reciban ayuda por uno o dos hijos.

    -Seis veces el salario mínimo interprofesional para las familias que reciban ayuda por tres hijos.

    -Siete veces el salario mínimo interprofesional para las familias que reciban ayuda por cuatro hijos o más.

    A estos efectos, para todas las ayudas, se tomará la base liquidable del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de la declaración correspondiente al ejercicio del año 2010, que se presentó en el año 2011.

    Se considerará la unidad familiar que figure en el carnet de familia numerosa.

  3. -Cuando el hijo que otorgue el derecho a la ayuda cumpla dieciocho años en el año 2011 o en el año 2012, la ayuda se minorará respecto a las cuantías señaladas en los apartados anteriores, pagándose únicamente la parte prorrateada de los meses en los que ha sido menor de dieciocho años.

  4. -Igualmente, cuando el hijo...

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