ORDEN FORAL 30/2012, de 9 de marzo, del Consejero de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas a las asociaciones y centros de Navarra en el exterior de España y la Federación de esta entidades en Argentina y Chile correspondiente al año 2012.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

A lo largo del tiempo y, de forma especial, a partir de finales del siglo XIX, los navarros que se vieron obligados a emigrar a distintos países de América, fundaron asociaciones dedicadas a ayudar a los emigrantes más recientes y a promover actividades sociales y culturales con las que mantener las tradiciones y las señas de identidad de Navarra.

Con el paso del tiempo, estas entidades se han convertido en focos de cultura y en plataformas de relación social, que tienen un gran prestigio en el conjunto de su comunidad local, que ofrecen una buena imagen de la Comunidad Foral de Navarra, de su realidad histórica y actual, y que ejercen notablemente como difusoras de los valores y elementos característicos de Navarra.

Por todo ello, el Gobierno de Navarra viene manteniendo en las últimas décadas, una relación de especial colaboración con estas entidades representativas de Navarra en Argentina, en Chile y en Francia, tendente a consolidar y potenciar su actividad cultural y social.

Valorando el alto interés social que tiene el mantenimiento en distintas ciudades de Argentina, de Chile y Francia, de la presencia de Navarra que promueven sus Centros, afianzada a lo largo del tiempo y renovada cada año con nuevos proyectos y acciones culturales, deportivas y sociales, procede aprobar una nueva convocatoria de concesión de ayudas económicas a estas entidades.

En consecuencia, en virtud de las facultades reconocidas por el Decreto Foral 119/2012, de 1 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales y de conformidad con la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones,

ORDENO:

  1. Aprobar la convocatoria de concesión de ayudas a las asociaciones y centros de Navarra en el exterior de España y la Federación de estas entidades en Argentina y Chile, correspondientes al año 2012, que se regirán por las bases que figuran como anexo a este informe.

  2. Aprobar que la concesión de las ayudas tenga como límite la consignación prevista en las siguientes partidas económicas del Presupuesto de Gastos para 2012:

    1. Hasta 67.000,00 euros con cargo a la partida A30003 A3220 4819 144100, Ayudas a centros navarros en el exterior, ID 3821, distribuidos de la siguiente manera:

      -26.800,00 euros para gastos de normal funcionamiento, mantenimiento y reparaciones.

      -40.200,00 euros para gastos de actividades.

    2. Hasta 40.000,00 euros con cargo a la partida A30003 A3220 7819 144100, Adquisición y mejora de locales y equipos en centros navarros en el exterior, ID 3822.

      1. Trasladar esta Orden Foral a la Sección de Centros Navarros y Regionales, a la Sección de Presupuestos y Gestión Económica del Departamento de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales, a la Intervención Delegada del Departamento de Economía y Hacienda en el precitado Departamento, y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.

      2. Frente a la presente Orden Foral podrá interponerse Recurso de Alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido por el artículo 57.2.a) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra en relación con lo dispuesto por el artículo 144 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

      Pamplona, 9 de marzo de 2012.-El Consejero de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales, Juan Luis Sánchez de Muniain Lacasia.

      ANEXO

      Bases de la convocatoria de concesión de ayudas a las asociaciones, y centros de navarra en el exterior de españa y la federación de estas entidades en Argentina y Chile, correspondiente al año 2012

  3. -Esta Convocatoria tiene por objeto establecer el régimen de concesión de ayudas que el Departamento de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales destina a las asociaciones y centros de Navarra en el exterior de España con sede en Navarra y la Federación de esta entidades en Argentina y Chile, con el fin de financiar sus gastos generales de funcionamiento, inversiones y actividades culturales y sociales relativos a 2012.

    En concreto, las ayudas se destinarán a financiar tres finalidades:

    1. Funcionamiento y necesidades financieras.

      Se financiarán los gastos necesarios para el mantenimiento de la sede social, tales como alquileres, gastos de energía eléctrica, agua, gas, limpieza, pintura, arreglo de averías, etc.; para la realización de la actividad ordinaria del centro, tales como suministros de consumibles administrativos, organización de reuniones y encuentros, correo, etc.; para la actividad representativa de la entidad y para el abono de intereses de préstamos hipotecarios por la adquisición o reforma de la sede social, formalizados antes del 31 de diciembre de 2010.

    2. Actividades culturales y sociales.

      Se financiarán los gastos directos para la planificación y ejecución de actividades culturales, deportivas, recreativas y sociales.

    3. Inversiones.

      Se financiará el crédito hipotecario que se haya contraído con anterioridad al 31 de diciembre de 2010, la adquisición de equipos fijos y estructurales, tales como calefacción, aire acondicionado, climatización, electricidad, etc., que incrementen el valor del local; y la adquisición de mobiliario y equipamiento de oficina o informático.

  4. -Disponibilidad presupuestaria.

    El importe destinado a la presente convocatoria es de 128.000 euros, que se imputarán del siguiente modo:

    -67.000,00 euros con cargo a la partida A30003 A3220 4819 144100 Ayudas a centros navarros en el exterior.

    -40.000,00 euros con cargo a la partida A30003 A3220 7819 144100 Adquisición y mejora de locales y equipos en centros navarros en el exterior.

  5. -Procedimiento de concesión.

    La concesión de subvenciones previstas en esta convocatoria se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

  6. -Beneficiarios y requisitos de las entidades solicitantes.

    4.1. Beneficiarios.

    Podrán acogerse a las ayudas previstas en esta convocatoria los a las asociaciones y centros de Navarra en el exterior de España con sede en Navarra y la Federación de esta entidades en Argentina y Chile, que vengan desarrollando su actividad en el exterior de España,

    4.2. Requisitos de las entidades solicitantes.

    Cada entidad que concurra deberá reunir, en el momento de presentar su solicitud, los siguientes requisitos:

    1. Estar legalmente constituida e inscrita como asociación en el Registro Oficial correspondiente.

    2. Carecer de ánimo de lucro y tener como objeto social la organización de actividades culturales, deportivas o sociales.

    3. Contar con Estatutos internos debidamente aprobados.

    4. Garantizar la participación democrática en la elección de representantes de la entidad y en el funcionamiento interno.

    5. Contar con aportaciones de los socios a través de cuotas establecidas y entregadas efectivamente.

    6. No estar incursa en ninguna de las prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

    7. Cumplir con las obligaciones establecidas en el artículo 9 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones y en la Ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo, Reguladora del Derecho de Asociación.

  7. -Tipología de ayudas y gastos subvencionables.

    Al amparo de esta convocatoria podrán solicitarse las siguientes ayudas:

    1. Ayudas destinadas a financiar gastos de funcionamiento y financieros relacionados en la base 1.ª de esta convocatoria.

      El presupuesto de gastos de funcionamiento podrá destinar hasta un máximo del 40% a gastos de representación de la entidad, debidamente argumentados y justificados.

      Quedan expresamente excluidos de este apartado los gastos ocasionados en servicios abiertos al público que generen ingresos, tales como bares, restaurantes, locales comerciales, puntos de venta de productos, etc. así como los correspondientes a aperitivos o comidas colectivas y a gastos de asesorías y servicios jurídicos.

    2. Ayudas destinadas a financiar la organización de actividades culturales, deportivas, recreativas y sociales durante 2012.

      Se considerarán subvencionables los gastos de actuaciones de grupos artísticos, conferenciantes o equipos deportivos, incluidos honorarios, transporte, alojamiento, difusión, alquiler de locales, premios de certámenes deportivos y recreativos etc.

      No se considerarán subvencionables los honorarios por actuaciones de grupos artísticos o equipos deportivos de la propia entidad, o en el caso de las federaciones, de las entidades federadas.

    3. Ayudas destinadas a financiar el crédito hipotecario que se haya contraído con anterioridad al 31 de diciembre de 2010, reforma de locales que sirvan como sede social, adquisición de mobiliario y equipos informáticos de uso de la entidad solicitante, en los términos previstos en la base 1.ª.

      En todos los casos, únicamente se considerarán gastos subvencionables aquellos incluidos en el proyecto presentado que sean considerados por el órgano instructor como necesarios para el desarrollo de las acciones previstas.

  8. -Presentación de solicitudes.

    6.1. Plazo y lugar de presentación de solicitudes.

    Las entidades interesadas en acogerse a las ayudas previstas en esta convocatoria deberán presentar una instancia con la correspondiente solicitud, conforme al modelo recogido en el Anexo VI, en el Registro General del Gobierno de Navarra o en cualquier otro de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento...

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