DECRETO FORAL 202/1998, de 22 de junio, por el que se modifica la plantilla orgánica provisional de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

DECRETO FORAL 202/1998, de 22 de junio, por el que se modifica la plantilla orgánica provisional de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.Boletín Oficial de Navarra Número 89 - Fecha 27/07/1998

En cumplimiento de lo dispuesto en el Acuerdo, suscrito el 1 de diciembre de 1995, entre la Administración y los Sindicatos sobre la modernización de la Administración y las condiciones de empleo del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra para el período 1996-1999, la Comisión Paritaria constituida para la interpretación, seguimiento, vigilancia y desarrollo del contenido del mismo, ha adoptado diversos acuerdos que afectan a la plantilla orgánica tanto en lo que se refiere a asignación o modificación de algunas retribuciones complementarias, por situaciones peculiares y no extensibles al resto de puestos de trabajo, como a la creación de plazas, sin consignación presupuestaria, necesarias para poder convocar las pruebas selectivas para algunas promociones de nivel que se pactaron en acuerdos anteriores suscritos con las centrales sindicales.

La Dirección General de Función Pública informa acerca de las modificaciones de plantilla necesarias para recoger los acuerdos de la citada Comisión Paritaria, y sobre peticiones retributivas formuladas por los responsables de algunos Departamentos y, en algunos casos, por los propios interesados.

Existe, asimismo, informe de la Intervención delegada.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia e Interior, y de conformidad con el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día veintidós de junio de mil novecientos noventa y ocho,

DECRETO:

Artículo único La plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos queda modificada en los siguientes términos:
  1. Con carácter provisional y hasta el 31 de diciembre de 1999, se asigna a la Jefatura del Negociado de Equipamiento del Departamento de Educación y Cultura un complemento de puesto de trabajo del 20 por 100, compatible con el correspondiente complemento de puesto directivo.

  2. Con carácter provisional, durante el tiempo en que esté adscrita a la Sección de Inspección de Centros y Actividades Sanitarias del Departamento de Salud y siempre que realice funciones de inspección de igual contenido a las que tiene encomendadas la plaza de ATS-Visitadora también adscrita a la citada Sección, se incrementa en un 8 por 100 el complemento de...

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