ORDEN FORAL 6/2000, de 12 de enero, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se establecen normas de organización y funcionamiento de la Comisión Foral de Bioseguridad.
Sección | I - Comunidad Foral de Navarra |
Rango de Ley | Orden foral |
ORDEN FORAL 6/2000, de 12 de enero, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se establecen normas de organización y funcionamiento de la Comisión Foral de Bioseguridad.
El Decreto Foral 204/1998, de 22 de junio asignó al Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda las funciones relacionadas con la utilización confinada y liberación voluntaria de organismos modificados genéticamente.
El artículo 2.º del mencionado Decreto Foral creó la Comisión Foral de Bioseguridad, comisión interdepartamental de asesoramiento y participación en materia de utilización confinada y liberación voluntaria de organismos modificados genéticamente, su vigilancia y control estableciendo la composición y normas de funcionamiento de la Comisión conforme a la normativa reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en lo referente a los órganos colegiados.
La actividad de la Comisión y la experiencia adquirida a partir de su constitución recomiendan establecer una mayor concreción de sus funciones y organización, así como el refuerzo de su estructura estableciendo la Presidencia de la Comisión y creando una Secretaría que facilite el desempeño de las tareas que tiene encomendadas.
Por todo ello y en virtud de las facultades conferidas por la Disposición Final Primera del Decreto Foral 204/1998, de 22 de junio,
ORDENO:
-
La Comisión Foral de Bioseguridad será presidida por el Director General de Medio Ambiente.
-
Se crea la Secretaría de la Comisión Foral de Bioseguridad que será desempeñada por uno de los miembros de la Comisión designado por su Presidente y que desarrollará las siguientes funciones en el marco de las competencias que el Decreto Foral 204/1998, de 22 de junio le atribuye:
-
Preparar junto con el Presidente de la Comisión el Orden del día de las reuniones y convocar a sus miembros.
-
Elaborar las actas de las reuniones de la Comisión Foral de Bioseguridad que deberán ser refrendadas por su Presidente y aprobadas por el pleno de la misma.
-
Tramitar los expedientes que se sometan a informe de la Comisión Foral de Bioseguridad.
-
Coordinar las funciones de vigilancia y control de las actividades relacionadas con la utilización confinada y liberación voluntaria de organismos modificados genéticamente en la Comunidad Foral.
-
Coordinar, en conjuntamente con el...
-
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba