ORDEN FORAL 81/1998, de 15 de mayo, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se modifica el pliego de cláusulas administrativas particulares que rige la contratación de los trabajos de creación de un sistema de gestión de la información estadística, y se concede un nuevo plazo de presentación de proposiciones.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 81/1998, de 15 de mayo, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se modifica el pliego de cláusulas administrativas particulares que rige la contratación de los trabajos de creación de un sistema de gestión de la información estadística, y se concede un nuevo plazo de presentación de proposiciones.Boletín Oficial de Navarra Número 64 - Fecha 29/05/1998

Mediante Orden Foral 81/1998, de 15 de mayo, del Consejero de Economía y Hacienda, se modifica el pliego de cláusulas administrativas particulares que rige la contratación de los trabajos de creación de un sistema de gestión de la información estadística, suprimiendo el requisito de la clasificación contemplado en la cláusula 13.ª, apartado 6 de la documentación a presentar por los licitadores en el Sobre n.º 1, y eliminando el Anexo IV (Modelo de declaración de vigencia de la clasificación). Al mismo tiempo, se declara la urgente tramitación del procedimiento de contratación de los trabajos reseñados y se concede un plazo de 13 días naturales, a contar desde el siguiente a la publicación del correspondiente anuncio, para la presentación de proposiciones.

En consecuencia, se efectúa una nueva convocatoria de la contratación de los trabajos de creación de un sistema de gestión de la información estadística, reiterando el contenido del anuncio publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra n.º 45, de 15 de abril de 1998, salvo los apartados 7 y 9 que se modifican en los siguientes términos:

"7.-Presentación de las ofertas:

  1. Fecha límite: 11 de junio de 1998.

  2. Documentación a presentar: La indicada en la cláusula 13.ª del pliego de cláusulas administrativas particulares, a excepción del apartado 6 de la documentación a presentar por los licitadores en el Sobre n.º 1. Los documentos a aportar deberán ser originales o copias autenticadas. En los Anexos II, III y V del citado pliego se contienen los modelos de aval, de...

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