DECRETO FORAL 52/2008, de 19 de mayo, por el que se establece un nuevo plazo de opción, por la aplicación del nuevo sistema de derechos pasivos previsto en la Ley Foral 10/2003, de 5 de marzo, sobre régimen transitorio de los derechos pasivos del personal funcionario de los montepíos de las Administraciones Públicas de Navarra.
Sección | I - Comunidad Foral de Navarra |
Rango de Ley | Decreto foral |
La Ley Foral 1/2008, de 24 de enero, de Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio del año 2008, en su Disposición Adicional Segunda, autoriza al Gobierno de Navarra para que proceda al establecimiento de un nuevo plazo de opción con el fin de que aquellos funcionarios que se encuentren en servicio activo o situación asimilada a la de alta, que optaron en su día por continuar en el sistema de derechos pasivos existente con anterioridad al previsto en la Ley Foral 10/2003, de 5 de marzo, sobre régimen transitorio de los derechos pasivos del personal funcionario de los montepíos de las Administraciones Públicas de Navarra, y cuenten con periodos de cotización a la Seguridad Social en el sector privado, puedan optar por la aplicación del nuevo sistema de derechos pasivos previsto en la referida Ley Foral 10/2003, de 5 de marzo.
En cumplimiento de lo señalado en la referida Disposición Adicional Segunda, procede aprobar el presente Decreto Foral, por el que se regula el procedimiento, en orden al ejercicio del nuevo derecho de opción por la aplicación del nuevo sistema de derechos pasivos previsto en la Ley Foral 10/2003, de 5 de marzo, sobre régimen transitorio de los derechos pasivos del personal funcionario de los montepíos de las Administraciones Públicas de Navarra.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, de acuerdo con el Consejo de Navarra, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día diecinueve de mayo de dos mil ocho,
DECRETO:
Este Decreto Foral tiene por objeto establecer un nuevo plazo de opción con el fin de que aquellos funcionarios que se encuentren en servicio activo o situación asimilada a la de alta, que optaron en su día por continuar en el sistema de derechos pasivos existente con anterioridad al previsto en la Ley Foral 10/2003, de 5 de marzo, sobre régimen transitorio de los derechos pasivos del personal funcionario de los montepíos de las Administraciones Públicas de Navarra, y cuenten con periodos de cotización a la Seguridad Social en el sector privado, puedan optar por la aplicación del nuevo...
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