ORDEN FORAL 538/2001, de 9 de mayo, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de las Normas Subsidiarias de Peralta, en parcelas 722, 704, 705, 706 y 707 del polígono 10, promovido por don José María Castillo Villafranca.
Sección | I - Comunidad Foral de Navarra |
Rango de Ley | Orden foral |
ORDEN FORAL 538/2001, de 9 de mayo, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de las Normas Subsidiarias de Peralta, en parcelas 722, 704, 705, 706 y 707 del polígono 10, promovido por don José María Castillo Villafranca.
El Ayuntamiento de Peralta ha presentado ante el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, para su aprobación definitiva, el expediente descrito en el encabezamiento.
Vista la documentación aportada, así como el informe del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se considera procedente su aprobación definitiva, con la determinación que se especifica en la parte dispositiva de esta Orden Foral.
En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley Foral 10/1994, de 4 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo,
ORDENO:
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Aprobar definitivamente el expediente de modificación de las Normas Subsidiarias de Peralta, en parcelas 704, 705, 706, 707 y 722 del polígono 10, promovido por don José María Castillo Villafranca, con la siguiente determinación:
-Los terrenos pertenecientes a la parcela 722 del polígono 10, tienen la categoría de espacio natural, de acuerdo con el Decreto Foral 307/1996, por el que se aprueba la delimitación gráfica de las zonas periféricas de protección de la reserva natural de Sotos Gil y Ramal Hondo, y los restantes, hasta los 8.200 m.2 de terrenos, objeto de la modificación, tienen la categoría de genéricos.
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Señalar que contra esta Orden Foral podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su notificación o, en su caso, publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y contra el expediente de modificación se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, contado a partir del día...
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