ORDEN FORAL 10E/2013, de 18 de marzo, del Consejero de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales, por la que se aprueba la convocatoria de “Ayudas para proyectos de Artes Plásticas y Visuales 2013”, sus bases reguladoras y la autorización del gasto que asciende a 50.000 euros.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

El Servicio de Acción Cultural presenta informe en el que se propone la aprobación de la convocatoria de subvenciones a la “Ayudas para proyectos de artes plásticas y visuales 2013”, las bases reguladoras de la convocatoria, la autorización del gasto que asciende a 50.000 euros, y la publicación de esta Orden Foral y su anexo en el Boletín Oficial de Navarra, y teniendo en cuenta que se cumplen tanto la finalidad como los requisitos y las obligaciones legalmente establecidas para autorizar el mencionado gasto y obrando en el expediente la conformidad de la Intervención Delegada.

Las ayudas anteriormente citadas seguirán el procedimiento de concesión en régimen de concurrencia competitiva.

En virtud de las facultades conferidas por el Decreto Foral 67/2012, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales.

ORDENO:

  1. Aprobar la convocatoria de la subvención Ayudas para proyectos de artes plásticas y visuales 2013.

  2. Aprobar las bases reguladoras de la concesión de la subvención, que se recogen en el Anexo de esta Orden Foral.

  3. Para hacer frente a los compromisos de esta convocatoria se autorizan los créditos presupuestarios siguientes, pudiéndose realizar modificaciones en función de las solicitudes recibidas:

    IMPORTE PARTIDA PRESUPUESTARIA EJERCICIO
    50.000,00 A20002-A2520-4809-334103: Ayudas para proyectos de artes plásticas y visuales 2013
    4. Publicar esta Orden Foral y sus Anexos en el Boletín Oficial de Navarra
  4. Contra la presente convocatoria y sus bases reguladoras cabe interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación.

    Pamplona, 18 de marzo de 2013.–El Consejero del Departamento de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales, Juan Luis Sánchez de Muniáin Lacasia.

    BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA PROYECTOS DE ARTES PLÁSTICAS Y VISUALES 2013

    1. Objeto, finalidad y ámbito de aplicación de las subvenciones.

      1.1. La convocatoria tiene por objeto regular las ayudas a proyectos de creación de artes plásticas y visuales que se realicen en el ejercicio 2013 y concluyan antes del 15 de noviembre de 2013, con la finalidad de apoyar a los creadores navarros, la proyección y consolidación de su carrera y la difusión de su obra artística.

      Será objeto de subvención el proceso de creación y la elaboración del catálogo con una tirada de 500 ejemplares que seguirá las condiciones técnicas especificadas en el punto 9.3.

      1.2. El objetivo prioritario de la convocatoria es contribuir al crecimiento de un sector creativo estable, innovador y competitivo en Navarra, ayudando a los creadores en la realización de proyectos artísticos que se consideren de particular interés y cumplan con el objetivo de la convocatoria.

      1.3. Los proyectos presentados deberán ser proyectos individuales, inéditos de creación en el campo de las artes plásticas y visuales: pintura, escultura, dibujo, grabado, fotografía, procedimientos mixtos, video creación o cualquier otra modalidad de lenguaje plástico.

      No serán objeto de esta convocatoria los proyectos de producción y desarrollo de largometrajes y cortometrajes.

      1.4. Se admitirá un solo proyecto por solicitante.

      1.5. Los solicitantes que obtengan subvención en esta convocatoria no podrán formular solicitudes de ayudas en las convocatorias que se aprueben con el mismo objeto en los próximos cinco años.

    2. Requisitos de los beneficiarios.

      Los beneficiarios de estas ayudas deberán reunir los siguientes requisitos:

      2.1. Ser natural o estar empadronado en Navarra con anterioridad al 1 de enero de 2012, circunstancia ésta que se justificará con un certificado de empadronamiento y que deberá mantenerse durante todo el tiempo de disfrute de la ayuda.

      2.2. No podrán obtener la condición de beneficiarias aquellas personas en las que concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral 11/2005 de 9 de noviembre, de Subvenciones.

    3. Imputación presupuestaria, cuantía e importe de la subvención.

      3.1. Estas subvenciones se imputarán a la partida A20002 A2520 4809 334103 denominada “Ayudas para proyectos de artes plásticas y visuales” de la Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana, del presupuesto del 2013, por importe de 50.000 euros.

      3.2. La cuantía máxima de la ayuda para cada proyecto será de 12.000 euros. Siempre que se cumpla este límite económico la cuantía de la ayuda será la solicitada para cada proyecto.

      3.3. En el caso de que las disponibilidades presupuestarias se vieran incrementadas a lo largo del ejercicio, o que se liberen cantidades inicialmente concedidas, se podrá realizar una concesión adicional a aquellos beneficiarios que no hubiesen obtenido subvención, por orden de puntuación obtenida.

      3.4. Si alguno de los beneficiarios renunciara a la ayuda, ésta se otorgaría al siguiente solicitante por orden de puntuación, siempre que éste hubiera superado el mínimo exigido.

    4. Presentación de solicitudes y documentación exigida.

      4.1. Las solicitudes de ayuda se presentarán conforme al modelo de solicitud recogido en el Anexo I de las presentes bases, adjuntando de forma preceptiva la documentación en él señalada, en el Registro del Departamento de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales (Calle Navarrería, 39, 31001 Pamplona), o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pública y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC).

      4.2. La documentación deberá presentarse en papel y en versión digital, de cara a facilitar su tramitación y valoración.

      4.3. Junto a la solicitud (Anexo I) deberán presentarse los siguientes documentos:

      1. Fotocopia del D.N.I. o certificado de estar empadronado en Navarra antes el 1 de enero de 2012.

      2. Memoria descriptiva del proyecto, conforme al modelo recogido en el Anexo II.

      4.4. Los modelos de solicitud, memoria descriptiva y anexos podrán cumplimentarse y tramitarse a través de la página web de Gobierno de Navarra: http://www.navarra.es/home_es/servicios.

      4.5. El plazo para la presentación de solicitudes y documentación requerida será de 20 días naturales a partir del día siguiente a la publicación de estas bases en el Boletín Oficial de Navarra.

      4.6. Si la solicitud de subvención no reuniera los datos de identificación, tanto de la ayuda solicitada como de la persona o entidad solicitante, no se adjuntase la documentación exigida con carácter preceptivo, o no reuniera alguno de los requisitos exigidos en el artículo 71 de la LRJPAC, se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución, que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la misma ley.

    5. Gastos subvencionables.

      5.1. Se consideran gastos subvencionables aquellos que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios para la ejecución del proyecto subvencionado y se realicen en el plazo establecido en esta convocatoria. En ningún caso el coste de dichos...

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