ORDEN FORAL 154/2008, de 30 de octubre, del Consejero de Relaciones Institucionales y Portavoz del Gobierno, por la que se somete a información pública el proyecto de Orden Foral por la que se crea el Censo de Asociaciones de Personas Inmigrantes en Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Mediante Orden Foral 127/2008, de 1 de septiembre, de este Consejero, se inició el expediente de aprobación de la Orden Foral por la que se crea el Censo de Asociaciones de Personas Inmigrantes en Navarra, designando a la Oficina de Atención a la Inmigración como órgano responsable de gestionar el expediente.

Elaborado el correspondiente proyecto de Orden Foral, así como los preceptivos informes y memorias, según lo dispuesto en los artículos 58 y siguientes de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y su Presidente, el órgano instructor ha emitido informe en el que solicita la sustitución del trámite de audiencia, por el de información pública, en base a lo dispuesto en el artículo 61 de la citada Ley Foral.

El mencionado proyecto de Orden Foral contempla la creación del Censo de Asociaciones de Personas Inmigrantes en Navarra, configurándolo como un instrumento alternativo de registro de dichas asociaciones que facilite una mayor coordinación y eficacia de las acciones que la Administración de la Comunidad Foral de Navarra realice en esta materia.

En este sentido, y dado que su creación y regulación afecta a los intereses de las mencionadas asociaciones, se considera imprescindible el trámite de audiencia y participación.

Sin embargo, respecto de las asociaciones de personas inmigrantes, resulta difícil a priori conocer con exactitud su número y datos identificativos, en orden a efectuar la notificación del proyecto en cumplimiento del trámite de audiencia previsto en el artículo 60 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y su Presidente. Ello se debe a su importante número, así como a la movilidad de sus estructuras y, en ocasiones, la fugacidad de su existencia.

Todo ello recomienda, con el fin de evitar que las asociaciones interesadas en el proyecto no puedan presentar alegaciones al no haber tenido conocimiento de su tramitación, sustituir el trámite de audiencia establecido en el artículo 60 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y su Presidente, por el de información pública contemplado en el artículo 61 del mismo cuerpo legal. Dicho trámite se efectuará mediante la publicación del proyecto de Orden Foral, que figura como Anexo a esta Orden Foral, en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

A la vista del informe de la Oficina de Atención a la Inmigración.

En consecuencia, en virtud de las facultades reconocidas por el Decreto Foral 120/2007 de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura del Departamento de Relaciones Institucionales y Portavoz del Gobierno, y por el artículo 61 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y su Presidente.

ORDENO:

  1. Sustituir el trámite de audiencia, respecto del procedimiento de elaboración de la Orden Foral por la que se crea el Censo de Asociaciones de Personas Inmigrantes en Navarra, por el de información pública por un plazo de un mes a contar desde el día siguiente a de la publicación de la presente Orden Foral en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

  2. Señalar que las alegaciones al proyecto deberán estar dirigidas a la Oficina de Atención a la Inmigración, y podrán presentarse en el Registro General del Gobierno de Navarra o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

  3. Ordenar la publicación de la presente Orden Foral en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, 30 de octubre de 2008.-El Consejero de Relaciones Institucionales y Portavoz del Gobierno, Alberto Catalán Higueras.

ANEXO

Proyecto de Orden Foral del Consejero de Relaciones Institucionales y Portavoz del Gobierno, por el que se crea el censo de asociaciones de personas inmigrantes de Navarra y se aprueban las normas que lo rigen

El Departamento de Relaciones Institucionales y Portavoz del Gobierno, según establece el artículo 1 del Decreto Foral 120/2007, de 3 de septiembre, por el que se establece su estructura orgánica, está encargado del impulso y coordinación general de las políticas públicas de atención a la inmigración.

En este sentido, por Decreto Foral 91/2006, de 18 de diciembre, se creó la Oficina de Atención a la Inmigración, adscrita al Departamento de Relaciones Institucionales y Portavoz del Gobierno. Entre las funciones encomendadas a la misma se encuentra la de informar...

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