ORDEN FORAL 509/2005, de 27 de diciembre, del Consejero de Administración Local, por la que se procede a la resolución del concurso para la provisión, entre funcionarios, de las plazas vacantes de Secretaría de las Entidades Locales de Navarra, conforme las previsiones contenidas en la Ley Foral 11/2004, de 29 de octubre, para la actualización...

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 509/2005, de 27 de diciembre, del Consejero de Administración Local, por la que se procede a la resolución del concurso para la provisión, entre funcionarios, de las plazas vacantes de Secretaría de las Entidades Locales de Navarra, conforme las previsiones contenidas en la Ley Foral 11/2004, de 29 de octubre, para la actualización del Régimen Local de Navarra.

La Ley Foral 11/2004, de 29 de octubre, establece en su Disposición Adicional Primera , apartado 3, párrafo tercero, que: "En los concursos de traslado a celebrar de conformidad con lo dispuesto en este Ley Foral, participarán prioritariamente, es decir, en primer lugar, quienes ostenten al momento de su convocatoria plaza en propiedad, y, tras la cobertura de las plazas vacantes correspondientes, accederán en traslado los que hayan obtenido la habilitación de conformidad con las reglas establecidas en la presente Ley Foral".

Mediante la Orden Foral 164/2005, de 13 de junio, del Consejero de Administración Local, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 78 el 1 de julio de 2005, se aprobó la convocatoria para la provisión, entre funcionarios, de las plazas vacantes de Secretaría de las Entidades Locales de Navarra.

En las bases 9 y 10.1 de la citada convocatoria se dispuso que el Tribunal calificador, una vez efectuada la valoración de los méritos aportados por los aspirantes, procedería a elevar al Consejero de Administración Local del Gobierno de Navarra la propuesta de adjudicación de las plazas vacantes, conforme la máxima puntuación alcanzada y al orden de prelación manifestado por los aspirantes en sus solicitudes de participación. Recibida la propuesta de adjudicación, y de acuerdo con el contenido de la misma, se procedería por parte del Consejero de Administración Local del Gobierno de Navarra a la resolución del concurso convocado, pudiéndose establecer una fecha fija para las tomas de posesión derivadas de los respectivos nombramientos.

La base 10.2 de la citada convocatoria estableció que los nombramientos derivados de la resolución del concurso, además de ser publicados íntegramente en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, debían comunicarse respectiva y formalmente a los Presidentes de las Entidades Locales cuyas plazas vacantes se hubieran adjudicado en aquel.

Habiéndose comunicado por parte del Tribunal calificador la propuesta de adjudicación de las plazas...

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