ORDEN FORAL 31/2008, de 16 de abril, de la Consejera de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, por la que se deja sin efecto la Orden Foral 59/2007, de 23 de abril, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, por la que se procedió a la aprobación técnica del proyecto de 'Recrecimiento de la carretera N-113, Pamplona-Madrid, en Castejón, entre los puentes sobre la Autopista AP-68 y el río Ebro (P.K. 74+600 a 76+600)'.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

El Servicio de Proyectos, Ferrocarriles y Obras Hidráulicas informa que por Orden Foral 59/2007, de 23 de abril, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, se procedió a la aprobación técnica del proyecto de "Recrecimiento de la carretera N-113, Pamplona-Madrid, en Castejón, entre los puentes sobre la Autopista AP-68 y el río Ebro (P.K. 74+600 a 76+600)" y se sometió a información pública la relación de bienes y derechos afectados por el mismo.

El objeto de esta actuación era modificar la rasante para que en caso de desbordamiento del río Ebro la carretera N-113 no sufriera cortes.

Dicha Orden Foral se publicó en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 58, de 9 de mayo de 2007.

Con fecha 22 de mayo de 2007 se encargó a la empresa Inclam, S.A. la realización del estudio hidráulico del proyecto "Recrecimiento de la carretera N-113, Pamplona-Madrid en Castejón, entre los puentes sobre la Autopista AP-15 y el río Ebro", con un plazo de ejecución de un mes. De los resultados de este estudio se constata que el recrecimiento resolvería las crecidas ordinarias, pero para crecidas extraordinarias el problema de la inundabilidad de la N-113 se trasladaría a la AP-15.

Por otra parte, con fecha 25 de mayo de 2007 se suscribió un convenio entre el Gobierno de Navarra y Autopistas de Navarra, S.A. (Audenasa) para la realización de actuaciones de mejora de funcionalidad de la Autopista AP-15, el establecimiento de un acuerdo para la modificación del contrato de concesión para la construcción, conservación y explotación de la primera fase de la Autopista de Navarra y la adopción de otros compromisos relacionados con dicha modificación y su financiación. En dicho Convenio figura la obligación por parte de Audenasa de realizar el proyecto básico del "Semienlace en dirección sur en Valtierra, en la autopista de Navarra AP-15", que deberá ser aprobado por el órgano facultado por el Gobierno de Navarra para estas actuaciones. Autopistas de Navarra, S.A., de acuerdo con lo establecido en dicho convenio, realizó el proyecto básico de "Semienlace en dirección sur en Valtierra, en la autopista de Navarra AP-15". Dicho proyecto fue aprobado por Orden Foral 117/2007, de 12 de septiembre, de la Consejera de Obras Publicas, Transportes y Comunicaciones. Con la construcción por parte de Audenasa de este semienlace, en el caso de inundación de la N-133 en el cruce del río Ebro, se...

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