ORDEN FORAL 171/2006, de 22 de mayo, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación del Plan Municipal de Puente la Reina, en la parcela 615 del polígono 2 y UR.E.1, promovido por Fontanería y Climatización Navarra, S.L.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 171/2006, de 22 de mayo, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación del Plan Municipal de Puente la Reina, en la parcela 615 del polígono 2 y UR.E.1, promovido por Fontanería y Climatización Navarra, S.L.

El Ayuntamiento de Puente la Reina ha presentado ante el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, para su aprobación definitiva, el expediente descrito en el encabezamiento.

Vista la documentación aportada, así como el informe favorable del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se considera procedente su aprobación definitiva.

En uso de las facultades que tengo conferidas por Decreto Foral 42/2005, de 24 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda,

ORDENO:

  1. Aprobar definitivamente el expediente de modificación del Plan Municipal de Puente la Reina, en la parcela 615 del polígono 2 y UR.E.1, promovido por Fontanería y Climatización Navarra, S.L.

  2. Con objeto de dar correcto cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 53 de la L.F. 35/2002, la denominada "Parcela Privada zona verde-esparcimiento", de 1.111,54 m², queda definida como "reserva de terrenos para dotación supramunicipal".

  3. Con objeto de garantizar la correcta integración urbanística del sector, desde el punto de vista de los accesos a la red viaria actual y futura, quedan incorporadas al mismo, como reserva para infraestructuras, las subparcelas catastrales 447-B, 614-A y 614-C, del pol. 2.

  4. El Proyecto de Reparcelación del Sector deberá contemplar lo dispuesto en esta Orden Foral.

  5. Señalar que contra esta Orden Foral, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes. Y contra el expediente se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de...

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