DECRETO FORAL 293/2004, de 30 de agosto, por el que se declara urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por las obras comprendidas en los proyectos de 'Plan de supresión de puntos peligrosos: Mejora de la intersección de las carreteras NA-134, Eje del Ebro, con la NA-134-a, acceso este a Cadreita', y 'Plan de supresión de puntos...

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

DECRETO FORAL 293/2004, de 30 de agosto, por el que se declara urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por las obras comprendidas en los proyectos de "Plan de supresión de puntos peligrosos: Mejora de la intersección de las carreteras NA-134, Eje del Ebro, con la NA-134-a, acceso este a Cadreita", y "Plan de supresión de puntos peligrosos: Mejora de la intersección existente en el p.k. 2+650 de la carretera NA-127, Sangüesa-Sos del Rey Católico (acceso Norte a Sangüesa)".Mediante Resolución 519/2003, de 25 de agosto, del Director General de Obras Públicas, fue aprobado definitivamente el proyecto "Mejora de la intersección de las carreteras NA-134, Eje del Ebro, con la NA-134-a, acceso este a Cadreita", sometido a información pública mediante Resolución 198/2003, de 18 de marzo.

Mediante Resolución 139/2003, de 26 de febrero, del Director General de Obras Públicas, fue aprobado definitivamente el proyecto "Mejora de la intersección existente en el p.k. 2+650 de la carretera NA-127, Sangüesa-Sos del Rey Católico (acceso Norte a Sangüesa)", sometido a información pública mediante Resolución 1000/2002, de 20 de noviembre.

La densidad de tráfico que soportan las carreteras sobre las que se pretende actuar, así como la perentoria necesidad de modificar los tramos afectados en evitación de posibles accidentes y mejora de la viabilidad, aconsejan acometer las obras a la mayor brevedad, por lo que, al objeto de agilizar los trámites para la adquisición de los terrenos necesarios se hace preciso declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados, todo ello al amparo de lo establecido en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

En su virtud, en uso de las facultades conferidas porel artículo 57 b) de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra y el 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones...

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