ORDEN FORAL 151/2011, de 12 de mayo, de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, sobre la realización en el Centro de Estudios, Investigación y Medicina del Deporte de las prácticas requeridas para la formación correspondiente a titulaciones universitarias oficialmente reconocidas.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Conscientes de la importancia de las prácticas en empresas de cara a facilitar la preparación para el ejercicio profesional de los estudiantes, el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, contempla la posibilidad de que las Universidades establezcan programas de cooperación educativa con empresas e instituciones para la formación de sus alumnos. Esto permite que las universidades puedan programar prácticas externas valorables como créditos entre los contenidos formativos de sus planes de estudio conducentes a la obtención del título de Graduado o de Master Universitario.

El Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte tiene suscrito un acuerdo de colaboración con la Universidad Pública de Navarra para la realización de prácticas; no obstante se advierte la cada vez mayor demanda para realizar igualmente prácticas por parte de alumnos que originarios de esta Comunidad, desarrollan sus estudios en centros radicados fuera de Navarra, ordinariamente por tratarse de formaciones no implantadas en esta, así como de otros estudios universitarios relacionados con ámbitos sanitarios.

En orden a posibilitar la realización de las mencionadas prácticas en un marco coherente con los condicionantes del sistema público, a propuesta del Instituto Navarro del Deporte, y en ejercicio de las facultades atribuidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, y por el Decreto Foral 125/2007, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte,

ORDENO:

  1. Los alumnos que siguen estudios de pregrado o postgrado en Facultades y Escuelas Universitarias ubicadas fuera de Navarra y las radicadas en Navarra no vinculadas por convenios específicos, podrán realizar las prácticas exigidas en los respectivos currículos formativos en el Centro de Estudios, Investigación y Medicina del Deporte (CEIMD), perteneciente al Instituto Navarro del Deporte del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, previa autorización del Director Gerente de dicho organismo autónomo, una vez acreditado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente Orden Foral.

  2. La responsabilidad académica de las prácticas a realizar recaerá en la Facultad o Escuela Universitaria en la que el alumno curse...

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