DECRETO FORAL 39/2009, de 27 de abril, por el que se modifica el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 16/2008, de 24 de octubre, del Plan de Inversiones Locales para el periodo 2009-2012, aprobado por Decreto Foral 5/2009, de 19 de enero.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

La Disposición Adicional vigésimo cuarta de la Ley Foral 21/2008, de 24 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2009, amplió el destino de los fondos de libre determinación previstos en la Ley Foral 16/2008, de 24 de octubre, del Plan de Inversiones Locales para el periodo 2009-2012, al objeto de poder destinarse a la financiación del remanente de tesorería negativo generado por la falta de financiación por operaciones de capital así como a la amortización de pasivos financieros, en los términos y con el procedimiento que reglamentariamente se establezcan.

El Departamento de Administración Local ha presentado un proyecto de Decreto Foral que contiene la modificación del Título Tercero del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 16/2008, de 24 de octubre, del Plan de Inversiones Locales para el periodo 2009-2012, referido a las reglas que deben observarse en las aportaciones destinadas a las actuaciones de libre determinación.

El referido proyecto de Decreto ha sido sometido a la consideración de la Comisión Foral de Régimen Local, habiendo obtenido informe favorable.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Administración Local, de acuerdo con el dictamen emitido por el Consejo de Navarra, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día veintisiete de abril de dos mil nueve,

DECRETO:

Artículo Único Modificación del Título Tercero del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 16/2008, de 24 de octubre, del Plan de Inversiones Locales para el periodo 2009-2012, aprobado por Decreto Foral 5/2009, de 19 de enero.

Se aprueba la modificación del Título Tercero del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 16/2008, de 24 de octubre, del Plan de Inversiones Locales para el periodo 2009-2012, aprobado por Decreto Foral 5/2009, de 19 de enero, que quedará redactado como sigue:

TÍTULO TERCERO Artículos 53 a 56

Libre Determinación

Artículo 53 Destino de las aportaciones.

Las aportaciones de libre determinación, en las cuantías señaladas en el Anexo II de la Ley Foral 16/2008, de 24 de octubre del Plan de Inversiones Locales del periodo 2009-2012, podrán destinarse por las entidades locales beneficiarias de las mismas a:

  1. La realización de inversiones de competencia local, conforme a los criterios y requisitos previstos en los artículos 5 y 13 de la citada Ley Foral 16/2008.

  2. La financiación del remanente de tesorería negativo generado por la falta de financiación por operaciones de capital conforme a lo previsto en la Disposición Adicional vigésimo cuarta de la Ley Foral...

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