ORDEN FORAL 399/1996, de 9 de mayo, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se regula la pesca del cangrejo de las marismas y del cangrejo señal en 1996.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 399/1996, de 9 de mayo, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se regula la pesca del cangrejo de las marismas y del cangrejo señal en 1996.Boletín Oficial de Navarra Número 67 - Fecha 03/06/1996

Mediante Decreto Foral 143/1996, de 11 de marzo, se aprobó el Plan de Recuperación del Cangrejo de río autóctono. El apartado 1.2. del capítulo tercero de dicho Plan especifica que en los enclaves con presencia de cangrejo alóctono dentro de la zona de cangrejo autóctono, se podrá autorizar el aprovechamiento ordenado de las poblaciones alóctonas establecidas, siempre que dicho aprovechamiento evite su expansión a nuevas áreas dentro de la zona de cangrejo autóctono.

Asimismo, el Decreto Foral 144/1996, de 11 de marzo, aprobó el Plan de Ordenación de los cangrejos alóctonos en Navarra. El apartado 2.1. del capítulo tercero señala que se potenciará la pesca del cangrejo de las marismas con la intencionalidad de que su número no crezca. Este cangrejo se encuentra distribuido en la actualidad en una gran parte del ámbito del Plan de los cangrejos alóctonos. Considerando que es una especie no deseada, resulta conveniente autorizar su explotación con carácter más amplio que el que se ha mantenido hasta la fecha.

Existen, asimismo, algunas poblaciones de cangrejo señal con densidades elevadas. En algún caso estas poblaciones están ubicadas dentro del área de aplicación del Plan de cangrejo autóctono y, por ello, se debería...

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