DECRETO FORAL 530/1999, de 11 de octubre, por el que se modifica el Decreto Foral 274/1997, de 6 de octubre, por el que se regula el Organismo Pagador de las ayudas del FEOGA-Garantía en la Comunidad Foral de Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

DECRETO FORAL 530/1999, de 11 de octubre, por el que se modifica el Decreto Foral 274/1997, de 6 de octubre, por el que se regula el Organismo Pagador de las ayudas del FEOGA-Garantía en la Comunidad Foral de Navarra.

Mediante el Decreto Foral 274/1997, de 6 de octubre, se reguló el Organismo Pagador de las ayudas de la Sección de Garantía del Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrícola (FEOGA) en la Comunidad Foral de Navarra.

El artículo 10 del citado Decreto Foral establecía que las Secciones de Ayudas a las Rentas del Servicio de Financiación Agraria, y de Regulación e Intervención en Mercados Agrarios, del Servicio de Industrias Agroalimentarias y Alimentación, constituirían las dos unidades de autorización de los pagos en el Organismo Pagador de la Comunidad Foral de Navarra.

Con fecha 13 de septiembre de 1999 el Gobierno de Navarra ha aprobado la nueva estructura orgánica del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación. En la nueva organización se ha creado el Servicio de Ganadería y se han unificado en uno sólo el Servicio de Producción Agropecuaria y el de Financiación Agraria, dando lugar al Servicio de Agricultura y Financiación Agraria. Al Servicio de Ganadería se le encomienda, a través de la Sección de Producción Animal, la tramitación de las ayudas de la Sección Garantía del FEOGA con destino a la ganadería y la apicultura. En el Servicio de Agricultura y Financiación Agraria permanece la Sección de Ayudas a las Rentas. La Sección de Regulación e Intervención en Mercados Agrarios permanece como hasta el momento.

La creación de una nueva Sección con funciones de autorización de pagos de ayudas del FEOGA-Garantía exige la oportuna modificación del Decreto Foral 274/1997, de 6 de octubre, en donde se refleje su condición de nueva unidad de autorización.

Al mismo tiempo, la experiencia adquirida en los últimos ejercicios presupuestarios en el pago de determinadas ayudas cofinanciadas por la Sección Garantía del FEOGA, destinadas a la forestación de tierras agrarias, a la protección del territorio y de los espacios naturales, al fomento de la agricultura ecológica y a la formación agroambiental, y la necesidad de...

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