ORDEN FORAL 403/2001, de 5 de julio, del Consejero de Salud, por la que se modifica la Orden Foral 150/1998, de 8 de octubre, del Consejero de Salud, por la que se establece el procedimiento especial regulador del sistema de Acoplamientos Internos Previos por concurso de méritos en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 403/2001, de 5 de julio, del Consejero de Salud, por la que se modifica la Orden Foral 150/1998, de 8 de octubre, del Consejero de Salud, por la que se establece el procedimiento especial regulador del sistema de Acoplamientos Internos Previos por concurso de méritos en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

En desarrollo de lo dispuesto en la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence, se ha dictado el Decreto Foral 372/2000, de 11 de diciembre, que regula el uso del vascuence en las Administraciones Públicas de Navarra. El artículo 21 del Decreto Foral 372/2000 modifica la valoración máxima que cabe otorgar al conocimiento del vascuence en el acceso a plazas en la Zona Vascófona, en los casos en que el conocimiento del vascuence deba ser valorado como mérito cualificado entre otros. Por su parte, el artículo 23.1 de esta norma precisa dicha valoración máxima para las plazas de la Zona Mixta.

En consecuencia, resulta necesario adecuar a dicha regulación los baremos actualmente existentes para el ingreso y provisión de puestos en los diferentes niveles y estamentos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

Asimismo, se considera necesario modificar los ámbitos para llevar a cabo los procesos de Acoplamiento Interno Previo, al objeto de que el Banco de Sangre constituya un ámbito independiente.

Las modificaciones que se aprueban han sido objeto de preceptiva negociación en la Mesa Sectorial de Salud.

En su virtud, y en uso de las facultades que tengo conferidas,

ORDENO:

Artículo 1

Se modifica el artículo 1 de la Orden Foral 150/1998, de 8 de octubre, del Consejero de Salud, por la que se establece el procedimiento especial regulador del sistema de Acoplamientos Internos Previos por concurso de méritos en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, que pasa a tener la siguiente redacción:

"Los ámbitos de trabajo, a los efectos de llevar a cabo los procesos de Acoplamientos Internos Previos, serán:

-Hospital de Navarra.

-Hospital Virgen del Camino.

-Clínica Ubarmin.

-Area de Salud de Tudela.

-Area de Salud de Estella.

-Banco de Sangre.

-Atención Primaria de Pamplona, que incluirá las Zonas Básicas de Salud de: Milagrosa, Azpilagaña, Iturrama, Ermitagaña, San Juan (Nuevo), San Juan (Antiguo), Casco Viejo, I Ensanche, II Ensanche, San Jorge, Rochapea-Ansoáin, Chantrea, Mendillorri, Huarte Pamplona, Villava, Burlada, Berriozar...

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