ORDEN FORAL de 30 de abril de 2001, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se regulan las ayudas agroambientales a la polinización.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL de 30 de abril de 2001, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se regulan las ayudas agroambientales a la polinización.

Entre las actividades agrarias existentes en Navarra que tienen una notable y beneficiosa repercusión medioambiental, se encuentra la apicultura, ya que la labor polinizadora de las abejas se considera de suma importancia para la buena conservación de muchas de las especies existentes de flora autóctona.

La desaparición o disminución de esta actividad apícola puede suponer un riesgo para el adecuado mantenimiento de la biodiversidad existente en muchos de los territorios de la Comunidad Foral de Navarra.

El Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación, en apoyo del sector apícola, ha considerado oportuno establecer unas ayudas por colmena, con objeto de mantener el nivel de actividad apícola, por sus importantes y positivas repercusiones ambientales.

En consecuencia, oídas las organizaciones profesionales agrarias y las asociaciones interesadas, y en ejecución de las facultades que me han sido atribuidas por el artículo 36.2 de la Ley Foral 23/1983 de 11 de abril, reguladores del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

Artículo 1 º Objeto.

Esta Orden Foral tiene por objeto regular las ayudas agroambientales a la polinización, con el fin de mantener un nivel adecuado de actividad apícola, por las repercusiones beneficiosas que ésta tiene en la conservación de la biodiversidad.

Artículo 2 º Beneficiarios

Requisitos y compromisos.

  1. Podrán ser beneficiarios de las ayudas previstas en esta Orden Foral las personas físicas o jurídicas que sean titulares de explotaciones ganaderas radicadas en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra que reúnan, en el momento de concesión individual de la ayuda, los siguientes requisitos:

    1. Ser titular de una explotación calificada como prioritaria en el Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra, con fecha de alta en el registro antes del 1 de enero del año de la solicitud.

    2. Ser titular de una explotación apícola inscrita en el Registro de Explotaciones Apícolas de Navarra, creado por Decreto Foral 275/1986, de 24 de diciembre, con fecha de alta antes del 1 de enero del año de la solicitud.

    3. Disponer la explotación apícola de un mínimo de 50 colmenas en producción, debidamente identificadas de forma individual con su número de explotación.

    4. Cumplir las exigencias sanitarias que determine la legislación sanitaria y las específicas que señale el...

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