ORDEN FORAL 238/2010, de 6 de agosto, de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, por la que se aprueban las bases de la convocatoria de subvenciones para inversiones a entidades privadas sin ánimo de lucro titulares de centros residenciales en el área de tercera edad según lo previsto en el Fondo especial del Estado para la dinamización de la economía y el empleo (Plan E).

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Con fecha 13 de octubre de 2009 se firmó el convenio de colaboración entre el Ministerio de Sanidad y Política Social, a través del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, y la Comunidad Foral de Navarra, por el que se transfieren créditos previstos en el fondo especial del Estado para la dinamización de la economía y el empleo regulado por Real Decreto-Ley 9/2008, de 28 de noviembre, destinados a actuaciones vinculadas con la atención a la dependencia.

En la base cuarta del convenio se establecen las actuaciones y proyectos objeto de financiación con cargo a los créditos previstos en el mismo. Estas medidas se concretan en una serie de actuaciones recogidas en el Anexo I del mismo y se articulan a través de esta convocatoria que tiene por objeto la concesión de subvenciones para inversiones en actuaciones vinculadas con la promoción de la autonomía personal y atención a la dependencia de personas mayores.

Con esta finalidad el Servicio de Planificación e Infraestructuras ha presentado la propuesta de bases reguladoras de la convocatoria subvenciones para inversiones a entidades privadas sin ánimo de lucro titulares de centros residenciales en el área de tercera edad en actuaciones relacionadas con la modernización y adaptación de centros.

En consecuencia, en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, y por el Decreto Foral 125/2007, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte,

ORDENO:

  1. Aprobar las bases de la convocatoria de concesión de subvenciones de inversiones destinadas a entidades privadas sin ánimo de lucro, titulares de centros residenciales en el área de tercera edad, según lo previsto en el Fondo especial del Estado para la dinamización de la economía y el empleo (Plan E) y que figuran como anexo I a esta Orden Foral.

  2. Autorizar un gasto de 111.379,52 euros con cargo a la partida 900001 91400 7819 231400 Transferencias a instituciones sin fines de lucro para inversiones en tercera edad E-10/000026-01 del presupuesto de gastos de 2010.

  3. Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

  4. Trasladar esta Orden Foral al Servicio de Planificación e Infraestructuras de la Dirección General de Asuntos Sociales y Cooperación al Desarrollo y a su Centro Contable, a los efectos oportunos.

Pamplona, a 6 de agosto de 2010.-La Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, María Isabel García Malo.

ANEXO I

Bases de la convocatoria de subvenciones para inversiones a entidades privadas sin ánimo de lucro titulares de centros residenciales en el área de tercera edad según lo previsto en el Fondo especial del Estado para la dinamización de la economía y el empleo (Plan E)

  1. -Objeto y ámbito de la convocatoria.

    1.1. La presente convocatoria tiene por objeto establecer el régimen de concesión de subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro titulares de centros residenciales en el área de tercera edad en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

    La misma viene a dar cumplimiento al convenio de colaboración (firmado el 13 de octubre de 2009) entre el Ministerio de Sanidad y Política Social y la Comunidad Foral de Navarra, por el que se transfieren créditos previstos en el Fondo Especial del Estado para la dinamización de la economía y el empleo regulado por Real Decreto-Ley 9/2008, de 28 de noviembre, destinados a actuaciones de atención a la dependencia.

    1.2. Las subvenciones se destinarán a la realización obras de menor cuantía cuyo presupuesto no supere los 25.000 euros, así como a la adecuación de baños geriátricos y grúas de techo que requieran instalación, en centros residenciales de tercera edad que atiendan personas dependientes.

    1.3. Serán objeto de subvención las inversiones realizadas hasta el 30 de noviembre de 2010.

    1.4. No podrán ser objeto de subvención inversiones previstas en el presupuesto de las entidades solicitantes para el año 2009.

    1.6. Las subvenciones concedidas serán compatibles con otras de la propia Administración, de otras Administraciones Públicas, de otros entes públicos o privados, o de particulares, siempre que la entidad solicitante notifique, obligatoriamente, al Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, la concesión o percepción de alguna ayuda económica en el momento en que ésta se produzca.

    Si la suma de subvenciones superase el total de la inversión, procederá la minoración o devolución de la subvención concedida, por el exceso.

  2. -Consignación presupuestaria:

    El importe destinado a la presente convocatoria es de 111.379,52 euros y se imputará con cargo a la partida 900001 91400 7819 231400 Transferencias a instituciones sin fin de lucro para inversiones en tercera edad, E-10-000026-01, del presupuesto de gastos de 2010.

  3. -Cuantía de las subvenciones.

    La cuantía de la subvención será el 80% del presupuesto aceptado, y en el caso de que no alcance la consignación presupuestaria, el porcentaje para determinar la cuantía de la subvención será proporcional al importe total de los presupuestos aceptados de las solicitudes aprobadas.

    No obstante la cuantía de la subvención será menor a este porcentaje cuando así conste en la solicitud.

  4. -Requisitos de los beneficiarios.

    4.1. Podrán ser beneficiarias al amparo de la presente convocatoria las entidades privadas sin ánimo de lucro legalmente constituidas e inscritas en los registros correspondientes, con domicilio social en Navarra e inscritas como entidades de servicios sociales en el área de tercera edad en el Registro de Servicios Sociales dependiente del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte del Gobierno de Navarra, y en otros que por la naturaleza jurídica de la entidad pudieran corresponder.

    4.2. Los centros y servicios, objeto de subvención, deberán reunir los requisitos establecidos en el Decreto Foral 209/1991 de 23 de mayo, sobre el régimen de autorizaciones, infracciones y sanciones en materia de servicios sociales y demás normativa vigente en la materia.

    4.3. Los inmuebles en los que se pretenda realizar la inversión objeto de la convocatoria deberán estar disponibles para su uso y para el fin que motiva la solicitud por un período no inferior a 10 años cuando el coste de la misma sea superior a 20.000 euros. En el caso de inversiones de coste inferior a 20.000 euros valdrá acreditar la disponibilidad de los inmuebles para uso por un período no inferior a 5 años.

  5. -Plazo y lugar de presentación de solicitudes.

    Las solicitudes de subvención para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte (calle González Tablas, s/n, 31005 Pamplona) o en cualquiera de lugares previstos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

    Las solicitudes que se presenten a través de una oficina de correos deberán ir en sobre abierto para hacer constar en la cabecera de la primera hoja el nombre de la oficina, fecha y lugar de...

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