RESOLUCIÓN 322/2014, de 29 de mayo, del Director General de Recursos Educativos, por la que se resuelve provisionalmente la Convocatoria General de Becas y Ayudas para el alumnado que curse estudios postobligatorios no universitarios y estudios universitarios, correspondiente al curso 2013/2014.
Sección | I - Comunidad Foral de Navarra |
Rango de Ley | Resolución |
Por Acuerdo de Gobierno de 17 de julio de 2013, se autoriza la aplicación del punto 1.º apartado d) de la Orden Foral 701/2012, de 18 de octubre, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, para la adquisición de compromiso de gasto por el Departamento de Educación por un importe de 3.629.104,00 euros para financiar la Convocatoria General de Becas y Ayudas para el curso 2013/2014, para el alumnado que curse estudios postobligatorios no universitarios y estudios universitarios.
Visto el informe que presenta la Directora del Servicio de Recursos Económicos respecto a la resolución provisional de la Convocatoria General de Becas y Ayudas al Estudio correspondiente al curso 2013/2014, aprobada mediante Resolución 687/2013, de 4 de septiembre, publicada en el Boletín Oficial de Navarra, número 178 de 16 de septiembre de 2013 y en cumplimiento de las normas 12.ª1 y 15.ª1 de la citada resolución. Algunos de los expedientes resueltos están pendientes de presentación de la credencial de concesión o denegación de las becas de Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y/o el Gobierno Vasco.
En virtud de las facultades atribuidas en el artículo 22.1 d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,
RESUELVO:
-
Conceder provisionalmente las becas al estudio, sin perjuicio de las reclamaciones a que hubiera lugar, para los estudiantes que se relacionan en el Anexo I, correspondiente a estudios postobligatorios no universitarios y estudios universitarios con cargo a la partida 410002 41140 4800 323100, denominada “Becas y ayudas para enseñanzas medias y estudios superiores”, del Presupuesto de 2012 prorrogado para el 2014.
-
Denegar provisionalmente las solicitudes de becas a los estudiantes que figuran en el Anexo II por incumplimiento de los requisitos de la Convocatoria.
-
Las percepciones por tramo de renta y por los conceptos de becas o ayudas a la enseñanza, transporte, comedor, residencia, así como las correspondientes a las ayudas extraordinarias, son las que se señalan en la norma 11.ª de la citada Convocatoria.
-
La cuantía exacta a abonar a los beneficiarios será la resultante de deducir de la ayuda concedida por el Gobierno de Navarra, el importe de la beca concedida por el Ministerio de Educación Cultura y Deporte o Gobierno Vasco, conforme a lo dispuesto en la Norma 11.ª de la citada Convocatoria.
-
Para dar cumplimiento a la Norma 15 de la Convocatoria citada, los...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba