RESOLUCIÓN 322/2014, de 29 de mayo, del Director General de Recursos Educativos, por la que se resuelve provisionalmente la Convocatoria General de Becas y Ayudas para el alumnado que curse estudios postobligatorios no universitarios y estudios universitarios, correspondiente al curso 2013/2014.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyResolución

Por Acuerdo de Gobierno de 17 de julio de 2013, se autoriza la aplicación del punto 1.º apartado d) de la Orden Foral 701/2012, de 18 de octubre, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, para la adquisición de compromiso de gasto por el Departamento de Educación por un importe de 3.629.104,00 euros para financiar la Convocatoria General de Becas y Ayudas para el curso 2013/2014, para el alumnado que curse estudios postobligatorios no universitarios y estudios universitarios.

Visto el informe que presenta la Directora del Servicio de Recursos Económicos respecto a la resolución provisional de la Convocatoria General de Becas y Ayudas al Estudio correspondiente al curso 2013/2014, aprobada mediante Resolución 687/2013, de 4 de septiembre, publicada en el Boletín Oficial de Navarra, número 178 de 16 de septiembre de 2013 y en cumplimiento de las normas 12.ª1 y 15.ª1 de la citada resolución. Algunos de los expedientes resueltos están pendientes de presentación de la credencial de concesión o denegación de las becas de Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y/o el Gobierno Vasco.

En virtud de las facultades atribuidas en el artículo 22.1 d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

  1. Conceder provisionalmente las becas al estudio, sin perjuicio de las reclamaciones a que hubiera lugar, para los estudiantes que se relacionan en el Anexo I, correspondiente a estudios postobligatorios no universitarios y estudios universitarios con cargo a la partida 410002 41140 4800 323100, denominada “Becas y ayudas para enseñanzas medias y estudios superiores”, del Presupuesto de 2012 prorrogado para el 2014.

  2. Denegar provisionalmente las solicitudes de becas a los estudiantes que figuran en el Anexo II por incumplimiento de los requisitos de la Convocatoria.

  3. Las percepciones por tramo de renta y por los conceptos de becas o ayudas a la enseñanza, transporte, comedor, residencia, así como las correspondientes a las ayudas extraordinarias, son las que se señalan en la norma 11.ª de la citada Convocatoria.

  4. La cuantía exacta a abonar a los beneficiarios será la resultante de deducir de la ayuda concedida por el Gobierno de Navarra, el importe de la beca concedida por el Ministerio de Educación Cultura y Deporte o Gobierno Vasco, conforme a lo dispuesto en la Norma 11.ª de la citada Convocatoria.

  5. Para dar cumplimiento a la Norma 15 de la Convocatoria citada, los...

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