RESOLUCIÓN 1472/2017, de 12 de junio, de la Directora General de Función Pública, por la que se aprueba la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de cinco plazas del puesto de trabajo de Ingeniero Agrónomo al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyResolución

Por Decreto Foral 44/2016, de 29 de junio, publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 139, de 19 de julio, se aprobó la oferta de empleo público de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos correspondiente al año 2016, en la misma se aprueban cinco vacantes del puesto de trabajo de Ingeniero Agrónomo, de régimen funcionarial, nivel A.

Posteriormente, mediante Resolución 316/2017, de 6 de febrero, de la Directora General de Función Pública, se aprobó la convocatoria para la provisión, mediante concurso de traslado, de siete vacantes del puesto de trabajo de Ingeniero Agrónomo al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Habiendo sido declarado desierto el citado concurso de traslados, en virtud de Resolución 686/2017, de 14 de marzo, de la Directora General de Función Pública, procede aprobar la provisión, mediante procedimiento de ingreso y por el sistema de oposición, de cinco plazas del puesto de trabajo de Ingeniero Agrónomo al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, así como las bases de la convocatoria.

En consecuencia, y en ejercicio de las atribuciones que tengo asignadas por el Decreto Foral 30/2005, de 21 de febrero,

RESUELVO:

  1. Aprobar la convocatoria para la provisión, mediante procedimiento de ingreso y por el sistema de oposición, de cinco plazas del puesto de trabajo de Ingeniero Agrónomo al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, así como sus bases.

  2. Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.

  3. Notificar la presente Resolución al Servicio de Gestión de Personal, al Negociado de Información al Público y Registro y a los miembros del Tribunal designados, a los efectos oportunos.

Pamplona, 12 de junio de 2017.–La Directora General de Función Pública, Amaia Goñi Lacabe.

CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN, MEDIANTE OPOSICIÓN, DE CINCO PLAZAS DEL PUESTO DE TRABAJO DE INGENIERO AGRÓNOMO

Esta convocatoria se regirá por las siguientes Bases:

  1. –Objeto de la convocatoria.

    1.1. Es objeto de la presente convocatoria, la provisión, mediante oposición, de cinco plazas del puesto de trabajo de Ingeniero Agrónomo, de régimen funcionarial y nivel A, al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, incluidas en la oferta de empleo público de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos correspondiente al año 2016 aprobada por Decreto Foral 44/2016, de 29 de junio, cuyos números de plaza y destinos se relacionan a continuación:

    –4 en la Dirección General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería, del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, con los números de plaza 4051, 5460, 5510 y 6836, de régimen funcionarial.

    –1 en la Dirección General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, con el número de plaza 6854, de régimen funcionarial.

    Todas las plazas vacantes ofertadas tienen requisito de carnet de conducir clase B.

    1.2. Las cinco plazas vacantes se distribuirán en los siguientes turnos:

    –2 plazas en el turno libre.

    –3 plazas en el turno de promoción.

    1.3. Las vacantes del turno de promoción que queden desiertas por no haber obtenido los aspirantes la puntuación mínima exigida para la superación de las pruebas selectivas, se acumularán a las del turno libre.

    Por otra parte, si en el turno de promoción resultaran más aspirantes aprobados que el número de vacantes, los aprobados sin plaza de este turno optarán a las vacantes del turno libre en concurrencia con las personas aspirantes de este turno, de acuerdo con la puntuación final obtenida.

    Asimismo, podrán optar a las vacantes del turno libre, en la forma señalada en el párrafo anterior, los aspirantes del turno de promoción que no reúnan los requisitos específicos exigidos en la base 2.1.2 de esta convocatoria, en el momento en que finalice el plazo de presentación de documentos señalado en la base 7.2 de la convocatoria.

  2. –Requisitos.

    2.1. Para ser admitidas a la oposición, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

    2.1.1. Requisitos para todas las personas aspirantes:

    1. Ser español, nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

      Podrán también participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y de los nacionales de los Estados incluidos en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales mencionados, siempre que no esté separado de derecho, así como los descendientes de éstos y los descendientes del cónyuge, siempre que no medie separación de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

    2. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

    3. Estar en posesión del título de Ingeniero Agrónomo o de Grado y Máster que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Ingeniero Agrónomo, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

      En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

    4. Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

    5. No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

      2.1.2. Requisitos específicos para las personas aspirantes del turno de promoción:

      Las personas aspirantes de este turno, además de los requisitos señalados en el apartado anterior, deberán reunir los siguientes:

    6. Tener la condición de personal fijo perteneciente a cualquiera de las Administraciones Públicas de Navarra o de personal fijo adscrito a los servicios de la Administración de Justicia transferidos a la Comunidad Foral de Navarra, y no hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa en el puesto desde el que se pretende promocionar.

      En aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Octava del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, podrá también participar en este turno de promoción el personal funcionario del Parlamento de Navarra que cumpla el resto de requisitos exigidos para participar en dicho turno.

    7. Pertenecer al mismo o inferior nivel al de las vacantes convocadas.

    8. Tener cinco años de antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas; a excepción de los miembros de los Cuerpos de Policía de Navarra, que deberán haber prestado efectivamente servicios en dichos Cuerpos durante ocho años.

      2.2. Los requisitos anteriores deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y hasta la toma de posesión de la plaza.

      Se exceptúa de lo anterior, respecto a las personas aspirantes del turno de promoción, el requisito relativo a no hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa, que deberá poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y desde el momento que finalice el plazo de entrega de documentos previsto en el apartado 7.2 de la convocatoria hasta el momento de la toma de posesión de la plaza.

      2.3. Los requisitos anteriores deberán acreditarse por las personas aspirantes propuestas para el nombramiento, en el plazo y forma previstos en el apartado 7.2 de la convocatoria; con la excepción de la documentación establecida en los puntos tres y cuatro de la base 3.3, que deberá presentarse junto con la solicitud de participación en la convocatoria.

  3. –Presentación de solicitudes y pago de tasas.

    3.1. Tasas.

    La tasa a abonar en concepto de derechos de examen y formalización de expediente es de 41,60 euros.

    Estarán exentos del pago de la tasa:

    1. Las personas con discapacidad reconocida, de grado igual o superior al 33 por 100.

    2. Las personas que figuren inscritas como demandantes de empleo durante el plazo de, al menos, un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria, siempre que durante el período de inscripción no hayan rechazado oferta de empleo adecuado, ni se hayan negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.

    Para acreditar la exención prevista en el párrafo b) deberán presentar la siguiente documentación:

    –Lo relativo a la inscripción como demandante de empleo se acreditará mediante certificación expedida por la Oficina de Empleo que corresponda, en la que se hará constar la fecha de inscripción como demandante y la mención expresa de que durante el período de inscripción no ha rechazado oferta de empleo adecuado, ni ha habido negativa a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional.

    –La carencia de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional, se acreditará mediante declaración solemne del interesado, pudiendo obtenerse modelo a través de Internet en la dirección www.navarra.es.

    El abono de dicha tasa se podrá efectuar mediante carta de pago debidamente cumplimentada, para su abono en las entidades bancarias de la Comunidad Foral de Navarra. En la reseña de la convocatoria en Internet, en el siguiente enlace figura el modelo de carta de pago: http://www.navarra.es/home_es/Temas/Empleo+publico/.

    La falta de abono de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión de la persona aspirante.

    En ningún caso, el pago de la tasa de derechos de examen supondrá la sustitución...

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