RESOLUCIÓN 261/2019, de 22 de enero, del Director del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación, por la que se convoca procedimiento selectivo de ingreso en el Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas al servicio del Departamento de Educación.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyResolución

Por Decreto Foral 44/2018, de 6 de junio, se aprobó una oferta parcial de empleo público de personal docente no universitario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Dicho Decreto Foral, que fue publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 109, de 7 de junio de 2018, contemplaba entre otras un total de 22 vacantes del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas.

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley, y en la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, procede convocar procedimiento selectivo de ingreso en el Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas al servicio del Departamento de Educación.

Por todo lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que tengo delegadas por Resolución 183/2017, de 7 de marzo, de la Directora General de Universidades y Recursos Educativos,

RESUELVO:

  1. Convocar procedimiento selectivo de ingreso en el Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas al servicio del Departamento de Educación.

  2. Publicar la presente Resolución y sus anexos en el Boletín Oficial de Navarra.

  3. Trasladar la presente Resolución y sus anexos a la Secretaría General Técnica del Departamento de Educación, al Servicio de Multilingüismo y Enseñanzas Artísticas, a la Sección de Enseñanzas Artísticas, a la Dirección del Conservatorio Superior de Música de Navarra y a la Sección de Convocatorias del Servicio de Recursos Humanos, a los efectos oportunos.

Pamplona, 22 de enero de 2019.–El Director del Servicio de Recursos Humanos, Francisco Javier Iglesias Álvarez.

BASES DE LA CONVOCATORIA

  1. Normas generales:

    1.1. Se convoca procedimiento selectivo de ingreso en el Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas al servicio del Departamento de Educación.

    Las plazas convocadas son las siguientes:

    ESPECIALIDAD PLAZAS IDIOMA
    CLARINETE 1 Castellano
    COMPOSICIÓN 3 Castellano
    ETNOMUSICOLOGÍA 1 Castellano
    GUITARRA 1 Castellano
    IMPROVISACIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO 2 Castellano
    MÚSICA DE CÁMARA 1 Castellano
    MUSICOLOGÍA 2 Castellano
    OBOE 1 Castellano
    ÓRGANO 1 Castellano
    PEDAGOGÍA 1 Castellano
    PERCUSIÓN 1 Castellano
    PIANO 1 Castellano
    SAXOFÓN 1 Castellano
    TROMBÓN 1 Castellano
    TUBA 1 Castellano
    TXISTU 1 Castellano
    VIOLA 1 Castellano
    VIOLÍN 1 Castellano
    TOTAL 22
    1.2. El procedimiento selectivo constará de una fase de oposición, una fase de concurso y una fase de prácticas, de acuerdo con lo dispuesto en la presente convocatoria y en la normativa que le resulta de aplicación, a efectos de evaluar la idoneidad de los aspirantes para el ejercicio de la docencia, comprobando no sólo los conocimientos específicos, científicos y técnicos de la especialidad docente a la que se opta, sino también la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente

    Las personas aspirantes deberán acreditar, además, la formación y capacidad de tutela en las investigaciones propias de las Enseñanzas Artísticas.

    1.3 La presente convocatoria se regirá por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, por el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley, por la Ley Foral 17/2017, de 27 de diciembre, reguladora del acceso a la función pública docente, por cuanta demás normativa le resulte de aplicación y por las presentes bases.

  2. Requisitos de las personas aspirantes:

    2.1. Requisitos generales:

    Quienes deseen participar en el presente procedimiento deberán cumplir los siguientes requisitos generales:

    1. Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea, o nacional de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, resulte de aplicación la libre circulación de trabajadores.

      También podrá participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea o de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, resulte de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes, menores de veintiún años o mayores de dicha edad, que vivan a cargo de sus progenitores.

    2. Tener cumplidos dieciocho años y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación forzosa.

    3. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al cuerpo y especialidad a que se opta.

    4. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

    5. No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexuales.

    6. No ser funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento como funcionario de carrera del mismo Cuerpo al que se aspira.

    7. Hacer efectivo el pago de la correspondiente tasa, de acuerdo con el procedimiento que se detalla en la base 3.4 de la presente convocatoria.

      2.2. Requisitos específicos:

      Además de los requisitos generales establecidos en el apartado anterior, las personas aspirantes deberán estar en posesión del Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Título de Grado correspondiente, u otro título equivalente a efectos de docencia.

      En el caso de que los aspirantes presenten titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la credencial que acredite su homologación de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, o de la credencial de reconocimiento profesional de la titulación, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre, por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español la Directiva 2005/36/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, y la Directiva 2006/100/CE, del Consejo, de 20 de noviembre de 2006.

      2.3. Requisitos específicos para personas que no posean la nacionalidad española:

      Quienes no posean la nacionalidad española deberán cumplir, además, los siguientes requisitos:

    8. Acreditar no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su correspondiente Estado el acceso a la Función Pública.

    9. Acreditar un conocimiento adecuado del idioma castellano, mediante cualquiera de los siguientes medios:

      –La posesión del Diploma Español (nivel superior), equivalente al Diploma Superior de Español como Lengua Extranjera establecido por el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, del Diploma de Español nivel C1, del Certificado de Aptitud en Español para Extranjeros, expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas o del título de Licenciado o grado correspondiente en Filología Hispánica o Románica.

      –La superación de una prueba de conocimiento del castellano, que consistirá en una redacción en castellano de un mínimo de doscientas palabras y de una conversación con el Tribunal. La prueba se calificará de “Apto” o “No apto”. Quienes obtengan la calificación de “No apto” o quienes no se presenten a la prueba serán excluidos del procedimiento selectivo mediante Resolución del Director del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación.

      Están exentos de la acreditación del conocimiento de castellano los aspirantes que tengan la nacionalidad de un país cuya lengua oficial sea el castellano y aquellos que hayan obtenido una titulación universitaria en España.

      2.4. Todos los requisitos mencionados en los apartados anteriores deberán poseerse en el momento en que finalice el plazo de presentación de instancias y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera.

      2.5. Todos los requisitos deberán ser acreditados en el momento de la inscripción en el procedimiento selectivo, adjuntando a la instancia de inscripción la documentación que se especifica en la base 3.3 de la presente convocatoria.

  3. Solicitud de participación y derechos de examen:

    3.1. Quienes deseen participar en el presente procedimiento deberán hacerlo constar en la correspondiente instancia, en la que deberá figurar la especialidad a la que se opta.

    Las instancias irán dirigidas al Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación y deberán presentarse en el Registro del Departamento de Educación (C/ Santo Domingo s/n, 31001 de Pamplona), en el Registro General del Gobierno de Navarra, en cualquiera de las demás oficinas de registro del Gobierno de Navarra o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de...

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