ORDEN FORAL 40/2002, de 8 de febrero, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se modifica la unidad responsable de algunos de los ficheros automatizados dependientes del Departamento de Economía y Hacienda.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

El artículo 2.º del Decreto Foral 143/1994, de 26 de julio, regulador de los ficheros automatizados con datos de carácter personal dependientes de los órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos, establece que la modificación de las características de los ficheros existentes se llevará a cabo por Orden Foral del Consejero del Departamento del que depende o al que esté adscrita la unidad responsable del fichero.

En cumplimiento de dicha norma y como resultado de las modificaciones de la estructura del Departamento de Economía y Hacienda llevadas a cabo por los Decretos Forales 353/1999, de 19 de septiembre, 78/2000, de 21 de febrero y 244/2001 de 17 de septiembre, procede modificar el campo de Unidad Responsable y el de Unidad ante la que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación de algunos de los ficheros automatizados con datos de carácter personal dependientes de este Departamento.

En su virtud,

ORDENO:

  1. Aprobar las siguientes modificaciones en los ficheros automatizados con datos de carácter personal dependientes del Departamento de Economía y Hacienda:

    Denominación del fichero: Base de datos de contribuyentes.

    1. Unidad Orgánica responsable del fichero:

      Hacienda Tributaria de Navarra, del Departamento de Economía y Hacienda.

    2. Unidad ante la que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación:

      Servicio de Asistencia e Información al Contribuyente.

      _Denominación del fichero: Contabilidad auxiliar de terceros.

    3. Unidad Orgánica responsable del fichero.

      Hacienda Tributaria de Navarra, del Departamento de Economía y Hacienda.

    4. Unidad ante la que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación:

      Servicio de Asistencia e Información al Contribuyente.

      _Denominación del fichero: Derechos reales.

    5. Unidad Orgánica responsable del fichero.

      Hacienda Tributaria de Navarra, del Departamento de Economía y Hacienda.

    6. Unidad ante la que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación:

      Servicio de Asistencia e Información al...

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