ORDEN FORAL 276/1996, de 28 de junio, del Consejero de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, por la que se resuelven los expedientes de modificación de los conciertos educativos de Educación Primaria, Educación Especial y Enseñanzas Medias en los centros docentes privados que se indican.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 276/1996, de 28 de junio, del Consejero de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, por la que se resuelven los expedientes de modificación de los conciertos educativos de Educación Primaria, Educación Especial y Enseñanzas Medias en los centros docentes privados que se indican.Boletín Oficial de Navarra Número 99 - Fecha 16/08/1996

Vistos los expedientes de modificación de conciertos educativos, incoados de oficio o a instancia de parte, según lo dispuesto en el artículo 46 del Reglamento de Normas sobre Conciertos Educativos aprobado por Decreto Foral 416/1992, de 14 de diciembre, y en la Orden Foral 60/1996, de 22 de febrero (BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 34, de 18-3-1996), por la que se dispone con carácter excepcional la impartición del Primer Ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria durante los cursos 1995/96 y 1996/97 en determinados centros privados, y sobre la prórroga y modificación de los conciertos educativos para el curso 1996/97.

En virtud de las facultades conferidas en el artículo 36.2 c) y d) de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

  1. Aprobar la modificación de los conciertos educativos suscritos por los centros docentes privados que se relacionan en el Anexo de esta Orden Foral, en el cual se expresa el fundamento de la correspondiente Resolución. Dicha modificación se aprueba con efectos de comienzo del curso 1996/97.

    En aquellos centros en los que la modificación del concierto educativo suponga incremento de unidades concertadas respecto de las que tenían en el curso 1995/96, el concierto de dichas unidades queda condicionado al cumplimiento por parte de los Centros del Acuerdo sobre el ámbito, los procedimientos y las medidas aplicables en favor del Profesorado afectado por la reducción de unidades concertadas y subvencionadas para el curso 1996/97, de 17 de junio de 1996, entre el Departamento de Educación, Cultura, Deporte y Juventud y las Organizaciones Sindicales y Patronales del sector de la Enseñanza privada.

  2. Estimar las alegaciones formuladas por los interesados en los oportunos expedientes relativos a los centros respecto de los cuales se inició de oficio expediente de modificación del concierto educativo y que no figuran en las relaciones del anexo. Los conciertos educativos de los centros a que se refiere este apartado se mantienen, por tanto, en sus actuales términos.

  3. Aprobar la extinción del concierto educativo de los centros que se indican en el Anexo y por las circunstancias que en el mismo se expresan. Esta extinción se aprueba con efectos de comienzo del curso 1996/97.

  4. El Negociado de Conciertos y Subvenciones notificará a los interesados el contenido de esta Orden Foral, así como la fecha, lugar y hora en que se deban personarse para firmar...

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