ACUERDO de 26 de marzo de 2007, del Gobierno de Navarra, por el que se revisan las tarifas base de la Autopista de Navarra, y se actualizan los peajes y descuentos específicos aprobados por Acuerdo del Gobierno de Navarra de 20 de marzo de 2006.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyAcuerdo

ACUERDO de 26 de marzo de 2007, del Gobierno de Navarra, por el que se revisan las tarifas base de la Autopista de Navarra, y se actualizan los peajes y descuentos específicos aprobados por Acuerdo del Gobierno de Navarra de 20 de marzo de 2006.

Por Acuerdo de 20 de marzo de 2006, el Gobierno de Navarra revisó las tarifas base de la Autopista de Navarra y se actualizaron los peajes y descuentos específicos aprobados por Acuerdo del Gobierno de Navarra de 21 de marzo de 2005.

Siguiendo el procedimiento establecido en el Acuerdo del Gobierno de Navarra de 15 de diciembre de 1997, por el que se modificaron determinados términos del contrato de construcción, conservación y explotación de la primera fase de la Autopista de Navarra, la Concesionaria solicita la revisión de las tarifas y descuentos específicos para el período del 31 de marzo de 2007 al 30 de marzo de 2008.

Dado que el Indice de Precios al Consumo correspondiente al período comprendido entre el 1 de marzo de 2006 y 28 de febrero de 2007, se ha incrementado en un 2,40 por ciento, según lo establecido en el apartado 2.º del Acuerdo de 15 de diciembre de 1997 e informe favorable de la Delegación del Gobierno de Navarra en la Concesionaria, procede incrementar las tarifas base en el 2,28 por ciento.

Por otra parte, según lo establecido en el apartado 3.º del Acuerdo suscrito el 23 de marzo de 2001 entre el Gobierno de Navarra y la Concesionaria AUDENASA en el que se establece que los precios resultantes en función de la política de descuentos antes establecidos (Vehículos Ligeros, Vehículos Pesados 1 y Vehículos Pesados 2), serán actualizados anualmente y simultáneamente con la correspondiente revisión de tarifas y peajes, por el Gobierno de Navarra, para su entrada en vigor el 31 de marzo de cada año, pudiendo efectuarse de forma diferenciada para cada tipo de vehículo, y dentro de una banda de incremento de hasta el quince por ciento respecto de los Precios precedentes.

En consecuencia, se actualizan los peajes resultantes después de aplicar a los descuentos específicos correspondientes, por una parte, a los vehículos ligeros un incremento equivalente al I.P.C. interanual general sin redondeo alguno, ya que su abono se realiza mediante Tarjeta A-15, y por otra parte, aplicando a los vehículos pesados un incremento del 3,20 % mas acorde con los costes asociados al uso de la autopista por estos vehículos y con las tarifas de peaje actualmente aplicado a los mismos y que al no exigirse...

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