ORDEN FORAL 18/2014, de 28 de febrero, de la Consejera de Salud, por la que se modifica la Orden Foral 52/2012, de 8 de agosto, de la Consejera de Salud, por la que se establece la estructura del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea a nivel de Secciones no asistenciales y de Unidades no asistenciales.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Por Decreto Foral 62/2012, de 18 de julio se aprobaron los Estatutos del organismo autónomo Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, y en el artículo 13.2 de dichos Estatutos se establece que la estructura de los Servicios Asistenciales, de las Secciones y de las Unidades se establecerá por Orden Foral del Consejero de Salud, a propuesta del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

Mediante Orden Foral 52/2012, de 8 de agosto, de la Consejera de Salud, se estableció la estructura del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea a nivel de Secciones no asistenciales y Unidades no asistenciales.

La Dirección de Recursos Humanos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea ha propuesto una serie de modificaciones en sus unidades que afectan a la Orden Foral 52/2012. En concreto se trata de la creación de dos jefaturas con rango de unidad para apoyar a la Dirección de Personal del Complejo Hospitalario de Navarra y de la supresión de una Jefatura de Sección en la Subdirección de Planificación y Control de Gasto de Personal. Las actuaciones se justifican por el dimensionamiento de las cargas de trabajo.

En consecuencia, de conformidad con el artículo 2.2 del Decreto Foral 62/2012, de 18 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

ORDENO:

Artículo único –Modificar la Orden Foral 52/2012, de 8 de agosto, de la Consejera de Salud, por la que se establece la estructura del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea a nivel de Secciones no asistenciales y de Unidades no asistenciales, en los siguientes aspectos:

Uno.–Se suprimen los puntos 1 y 2 del apartado Siete.

Dos.–Se modifica el punto 3 del apartado Siete, que queda redactado como sigue:

3. Estructura del Servicio de Gestión de Contratación.

El Servicio de Gestión de Contratación se estructura en las siguientes unidades no asistenciales.

a) La Unidad de Registro de Personal y Control Administrativo.

b) La Unidad de Control y Coordinación de llamamientos.

.

Tres.–Se introduce un punto 3 bis en el apartado Siete, que queda redactado como sigue:

3 bis. Funciones de la Unidad de Registro de Personal y Control Administrativo.

La...

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