ORDEN FORAL 544/2000, de 19 de mayo, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de las Normas Subsidiarias de Leitza, en Zona Norte, promovido por el Ayuntamiento de dicha localidad.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 544/2000, de 19 de mayo, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de las Normas Subsidiarias de Leitza, en Zona Norte, promovido por el Ayuntamiento de dicha localidad.

El Ayuntamiento de Leitza ha presentado ante el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, para su aprobación definitiva, el expediente descrito en el encabezamiento.

Vista la documentación aportada, así como el informe del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se considera procedente su aprobación definitiva, con la determinación que se especifica en la parte dispositiva de esta Orden Foral.

En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley Foral 10/1994, de 4 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo,

ORDENO:

  1. Aprobar definitivamente el expediente de modificación de las Normas Subsidiarias de Leitza, en Zona Norte, promovido por el Ayuntamiento de dicha localidad, con la determinación de que los terrenos incluidos en el ámbito del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal del Plazaola, se adecuarán al cumplimiento del citado Plan (artículo 6 de la Orden Foral 176/1996) en los siguientes aspectos:

    -Se respetarán las condiciones generales de diseño reguladas en el artículo 2 de dicho Plan Sectorial.

    -El espacio ocupado por la línea del ferrocarril se mantendrá libre de edificación en una anchura de 6 metros, y será objeto de un tratamiento ajustado a su consideración como calzada histórica, de acuerdo a la finalidad del Plan Sectorial.

  2. Señalar que contra esta Orden Foral se podrá interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de su notificación o, en su caso, publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de conformidad con los...

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