ORDEN FORAL 181/1996, de 7 de mayo, del Consejero de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, por la que se suprimen determinados puestos de trabajo de Maestros y se adscribe a puestos itinerantes y de Centro a Maestros con nombramiento de puesto ordinario de Centro e itinerantes, respectivamente.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 181/1996, de 7 de mayo, del Consejero de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, por la que se suprimen determinados puestos de trabajo de Maestros y se adscribe a puestos itinerantes y de Centro a Maestros con nombramiento de puesto ordinario de Centro e itinerantes, respectivamente.Boletín Oficial de Navarra Número 64 - Fecha 27/05/1996

Por Orden Foral 110/1996, de 21 de marzo, del Consejero de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, (BOLETIN OFICIAL de Navarra número 36, de 22 de marzo de 1996), se aprobó la zonificación de los Centros de Educación Infantil y Primaria y Primer Ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria, las plantillas para el curso 1996/97 y los procedimientos para solicitar la supresión de puestos de trabajo y adscripción a puestos itinerantes.

El punto 4.º de dicha norma establece que los Maestros con destino definitivo cuyo puesto de trabajo no este previsto en las plantillas aprobadas podrán solicitar la supresión de su puesto de trabajo.

Por otra parte, el punto 5.º de la referida norma dispone que los Maestros con destino definitivo en un puesto de trabajo ordinario de centro que haya sido modificado en itinerante podrán optar por que se les adscriba al nuevo puesto itinerante, manteniendo la antigüedad en el centro a todos los efectos, o por que les sea suprimido el puesto de trabajo.

Asimismo, se dispone en dicho punto que los Maestros que tengan destino en un puesto de trabajo itinerante adscrito a centro, en el caso de que se modifique de itinerante a puesto ordinario de centro, serán adscritos de oficio al nuevo puesto ordinario de centro.

La presente Orden Foral tiene por objeto aprobar la relación de Maestros cuyo puesto de trabajo ha sido suprimido o modificado en virtud de lo dispuesto en la Orden Foral citada.

Por lo expuesto, de conformidad con las atribuciones que tengo conferidas por Decreto Foral 159/1991, de 25 de abril,

ORDENO:

  1. Aprobar la relación de Maestros cuyo puesto de trabajo ha sido suprimido de conformidad con lo dispuesto en la Orden Foral 110/1996, de 21 de marzo, del Consejero de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, que se adjunta como Anexo I de la presente Orden Foral.

    La supresión del puesto de trabajo tendrá como fecha de efectos el 31 de marzo de 1996.

  2. Aprobar la relación de Maestros cuyo puesto de trabajo ordinario de Centro ha sido modificado en itinerante y han optado por su adscripción al nuevo puesto itinerante, que se...

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